La Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Comercial suspendió la venta de un campo en La Poma por
considerar que habitan esas tierras, como “dueñas de tiempos inmemoriales y
ejerciendo una posesión ancestral, numerosas familias de la comunidad indígena
La Unión de Diaguitas y Calchaquíes”.
En línea con el
criterio de la fiscal Gabriela Boquin, la Sala E de la Cámara Comercial
suspendió la venta de las tierras en el marco del proceso de quiebra del Banco
Oddone iniciado hace 35 años, luego de que la casa crediticia fuera intervenida
durante la última dictadura, informó el sitio www.fiscales.gob.ar.
Hace más de una
década, una jueza de primera instancia dispuso la liquidación de algunos bienes
del activo de la quiebra, entre ellos una fracción del denominado Campo La
Poma, habitando por familias indígenas.
Después de dar
intervención por primera vez a la comunidad afectada, así como al Estado
provincial y a las autoridades nacionales competentes por ley en la materia, la
Cámara Comercial suspendió la venta hasta la determinación y demarcación de las
tierras cuya propiedad comunitaria se invocó.
Además, encomendó al
juzgado de primera instancia evaluar las alternativas propuestas por la Fiscal
General a fin de encontrar una rápida solución a la cuestión planteada, preservando
el derecho de todas las partes involucradas en el conflicto.
Los camaristas
señalaron en el fallo que la Constitución Nacional reconoce la preexistencia
étnica y cultural de los pueblos indígenas, la personería jurídica de sus
comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que
tradicionalmente ocupan.
También recordaron que
el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, de jerarquía
supra legal, dispone que “deberán instituirse procedimientos adecuados en el
marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de
tierras formuladas por los pueblos interesados”.
El fallo recordó
además la vigencia de la ley 26160 que declaró desde 2006 la emergencia en
materia de posesión y propiedad de tierras indígenas, ordenando el relevamiento
de las mismas y su regularización dominial.
Fuentes:http://diariopuntouno.com.ar/ (Salta) http://www.test.hoycorrientes.com/
ElOrejiverde - 24 de Abril de 2.016
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