Escribe:
Rosa María Torres
La Convención
sobre los Derechos del Niño (1989) ratificó la educación como un derecho
de niños y niñas. La Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien,
1990) y la Declaración de la Cumbre Mundial en Favor de la Infancia(1990)
reconocieron la educación básica como un derecho de toda persona -
niño, joven y adulto. La "visión ampliada de educación básica" adoptada
en 1990 en Jomtien se refirió a una "educación capaz de satisfacer necesidades
básicas de aprendizaje" de las personas, tanto dentro como fuera del
sistema escolar. En la Clasificación Internacional Estandarizada de la
Educación (CINE), educación básica incluye educación primaria y
primer ciclo de la educación secundaria.
1. El derecho a ser niños, a jugar y disfrutar del
juego, a ser protegidos de los abusos del trabajo infantil, a tener el
tiempo para ir y permanecer en la escuela, cumplir con las obligaciones
escolares, y aprender. El derecho a un hogar y a una familia, a la escuela
cercana, al profesor que disfruta enseñando y gusta de los niños, a la
educación que prepara no únicamente para la vida adulta sino, sobre todo, para
una infancia feliz.
2. El
derecho a aprender, dentro y fuera de la escuela. El
derecho a la curiosidad, a la pregunta y a la respuesta, a la duda, a pensar y
argumentar, a equivocarse, a ser consultado y a participar, a expresarse
espontáneamente y con libertad, a ser escuchado y respetado en sus opiniones, a
discrepar, a imaginar y crear, a aprender a aprender. El derecho a la
autoestima, a altas expectativas por parte de padres y profesores, a sentirse
confiado y a la vez desafiado en sus capacidades, y reconocido en cada pequeña
conquista.
3. El derecho al aprendizaje permanente, desde el
nacimiento, en un continuo que no reconoce más límites que el propio
interés y capacidad de los niños para aprender. Puesto que en los primeros años
de vida se realizan los aprendizajes fundantes, los esenciales y más duraderos,
y puesto que es en estos años que tiene lugar el desarrollo cognitivo más
importante y espectacular de todo ser humano, el más básico derecho a una
educación básica que tiene todo niño y niña es el derecho a un buen comienzo en
la vida. El derecho a una primera infancia capaz de echar buenas raíces para su
futuro crecimiento y desarrollo.
4. El derecho a un aprendizaje abierto, en
el hogar, en el aparato escolar, en la vida diaria, en el juego, en la
interacción con los amigos, a través de los medios de comunicación y de
Internet, en la propia exploración del mundo. El derecho a gozar de la
biblioteca, la cancha deportiva, el museo, el parque, el zoológico, el circo; a
acceder al libro, el periódico, el comic, el cuento, el diccionario, el video,
la película, la obra de arte; a aprender no sólo de los libros sino del
contacto con las personas, con la realidad y con la naturaleza. El derecho a
aprender no solo de los adultos sino de otros niños. El derecho a aprender de
otros pero también de sí mismo, del error, de la experiencia, de la autoreflexión.
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Niños del Mundo - Unicef |
5. El
derecho a ir a una buena escuela y a permanecer en ella el tiempo requerido para
desarrollar los conocimientos, habilidades y actitudes indispensables para
sobrevivir, conocer su propio cuerpo y proteger su salud, saber acerca de su cultura
y sus raíces, expresarse y comunicarse oralmente y por escrito, calcular y
resolver problemas básicos de la vida diaria, comprenderse mejor a sí mismo y
al mundo que le rodea, proteger el medio ambiente, internalizar los valores de
la justicia y la solidaridad, conocer sus derechos y deberes, poner los
cimientos de su autoestima y autoconfianza, y continuar aprendiendo.
6. El derecho a una educación hecha a medida de
niños y niñas, en la que todo - relaciones, contenidos y métodos,
criterios de evaluación, instalaciones y espacios, calendarios y horarios,
reglamentos y normas - está pensado desde la perspectiva de los niños, no de
los adultos. Una educación respetuosa del saber, la opinión y los sueños
infantiles. Una educación fundamentada en la alegría, el juego y el canto, la
sorpresa y la aventura, el movimiento y la risa, la música y todas las artes,
no como complementos sino como materia prima de la enseñanza y el aprendizaje.
7. El derecho a una educación relevante y de calidad, alerta frente al
aprendizaje, consciente de que importa no solo cuánto sino qué y cómo se
aprende. El derecho a una educación libre de prejuicios y estereotipos, que
combate el racismo y el sexismo, respeta las diferencias y reconoce el valor de
la propia lengua y la propia cultura; una educación interesada en lo que los
niños saben y son capaces de hacer, antes que en lo que no saben y son
incapaces de hacer; una educación en la que prima la cooperación sobre la
competencia, el razonamiento sobre la memoria, el diálogo sobre el monólogo, el
hacer sobre el decir; una educación que busca lo que constituye el sueño de
todo buen padre y madre y de todo buen profesor: hijos y alumnos mejores que
ellos.
8. El
derecho a condiciones básicas de aprendizaje, esenciales para aprovechar
la escuela y demás oportunidades de aprender y desarrollar plenamente sus
capacidades. El derecho a una educación básica asiste a cada niño y niña en su
derecho a exigir de cada sociedad concreta no sólo la escuela gratuita, el
maestro profesional, el currículo relevante y los materiales necesarios, sino
las condiciones económicas, sociales y afectivas indispensables: nutrición,
atención de salud, vivienda digna, y, sobre todo, amor, apoyo emocional,
respeto, y un ambiente general de estabilidad, seguridad y paz.
9. El derecho a la educación básica de sus padres,
porque de ella depende, en gran medida, la supervivencia, el bienestar, la
educación y las perspectivas de los hijos. El derecho a padres informados,
conscientes de la importancia de la educación tanto de la niña como del niño,
respetuosos del juego infantil, amigos del diálogo y la persuasión antes que
del castigo. El derecho a padres que leen y escriben, aprecian el aprendizaje,
distinguen la mala de la buena enseñanza, toman parte en los asuntos escolares
y exigen una buena educación. El derecho a padres que conocen sus derechos y
obligaciones, y poseen la autoconfianza y los conocimientos esenciales para
ayudar a sus hijos a crecer, aprender y desarrollarse plenamente.
10. El derecho a unos medios de comunicación
responsables y sensibles a las necesidades de los niños, capaces de
complementar y enriquecer su educación; poner al niño urbano en contacto con el
campo y al niño rural en contacto con la ciudad; ampliar su visión del mundo y transportarles
a otras realidades, otros países y otras épocas; introducirles a las
posibilidades y los límites de la ciencia y la tecnología; mostrarles la
grandeza y a la vez la torpeza del género humano; desarrollar su aprecio por el
arte, la ciencia y la cultura universales; y desarrollar su vocación por la
paz, la no-violencia, la tolerancia, la solidaridad y la justicia.
La educación básica es un derecho universal. Asiste por igual a niñas
y niños, ricos y pobres, a los que viven en la ciudad, en el campo y en áreas
remotas, a los con necesidades especiales, a los que trabajan, a los niños
indígenas y a los que pertenecen a minorías étnicas, a los que tienen hogar y a
los que viven en la calle, a los migrantes, los refugiados y los desplazados
por la guerra.
* Publicado originalmente
en: Education News, N° 14. Nueva York: UNICEF, 1995. También incluido en: Educación
de Adultos y Desarrollo, N° 38. Bonn: DVV, 1992.