Hablar de este país es hacerlo de casi
la mitad de los pueblos originarios existentes en los países de habla no
inglesa y francesa del continente americano. Según el censo de 1991 el
porcentaje de indígenas en relación a la población total brasileña era de
294.000 personas, pero la nueva encuesta censal del año 2000 elevaba a los
734.000 el número de quienes se auto identificaron como indígenas, la mayor
tasa de crecimiento entre todas las categorías de color o raza en una población
total de 184 millones.[1]
Que en diez años se
triplicase la cifra sólo se puede explicar por razones que van más allá del
crecimiento vegetativo, en especial por la autoafirmación indígena de una parte
de la población urbana que en el censo anterior no se había identificado como
tal. Un dato que refuerza esta hipótesis es que el número de indígenas que se
estimaba residente en ciudades o capitales era del 12% mientras que en el año
2000 el porcentaje ascendía al 18’1%.
Pueblos Originarios de Brasil: Fotos Renato Soares |
Hay 241 pueblos indígenas en Brasil:
aikaná, ajuru, akuntsú, amanayé, amawáka, amondawa, anambé, aparai, apiaká,
apinaye, apuronâ, arapáso, arara, araweté, arikapu, ariken, arikosé, aripuaná,
aruá, ashaninka, assurini, atikum, ava-canoeiro, awá, aweti, bakairi,
banavá-jafí, baniwa, barasona, baré, bocotudo, bororo, cinta larga, cocal,
deni, desana, diahoi, enawené-nawê, fulni-ô, guajá, guajajara, guarany-kaiwá o
nhandéwa, guaraní-mbyá, guató, galibi, galibi-marworno, gavião, hahaintsú,
himarima, hixkaryana, ikpeng, ingaricô, irantxe, issé, jabuti, jamamadi, jaminawa,
jarawara, javae, jenipapo, jeripancó, jihaui, juma, juriti, juruna, ka’apor,
kadiwéu, kaingang, kaixana, kaimbé, kalabassa, kalapalo, kalibi, kalina,
kamayurá, kamba, kambeba, kambiwá, kanamanti, kanamari, kanela, kanindé, kanoê,
kantaruré, kapinawá, karafawyána, karaja, karapana, karipuna, kariri,
kariri-wucuru, kariri-xocó, karitiana, karo, katawixi, katitaulú, katukina,
katwená, kaxarari, kaxinawá, kaxixó, kaxuyana, kayabi, kayapó, kayuisna,
kiriri, kiriri-barra, kisedje, kobema, koiala, kokama, korubo, kubeo, kujubim,
kulina, kuikuro, kinikinawa, kraho, kreen-akarôre, krenak, krikati, kwaza,
macuxi, maku, makuna, makuráp, makuxi, manairisu, mapidiam, manxinéri, marimam,
marubo, matipu, matis, matses, mawaiâna, mawé, mayoruna, maxakali, maxineri,
mehináko, mekén, metuktire, miguelem, miranha, miriti, munduruku, mura, mutum,
mynky, nafukuá, nambikwara, naravute, nawa, nukuni, ofaié, orowin, paiter,
pakaanova palikur, panará, pankararú, parakanã, pareci, parintintin, patamona,
pataxó, pataxó hã hã hãe, paumari, paumelenho, pirahâ, pira-tapúya, pitaguari,
potiguara, poyanawa, rikbaktsa, sakirabiap, saturé-mawé, shanenawa, suriána,
suruí, suyá, suruí, tabajara, tapayuna, tapeba, tapirapé, tapuya, tariána,
taurepang, tembé, tenharin, terena, timbira-gavião, tingui-botó, tiriyó, torá,
tucano, tukúna, tupari, tupinambá, tupiniquim, turiwara, tuxá, tuyúca,
tremembé, trumai, truká, umutina, uru eu wau wau, urupá, waiãpi,
waimiri-atroari, waiwái, wapixana wanana, warekena, wassú, wuaura, wayampi,
wayána-apalai, yamamadi, yanomami, yawalapiti, yawanáwa, ye’kuana, xakriabá,
xavante, xerente, xeréu, xeta, xipaya, xiquitano, xocó, xokleng, xucuru, zo’e,
zoró y zuruahâ.
Los pueblos juma, diahoi, karipuna,
ava-canoeiro, aruá, arara, kraho, tapayuna, galibi, patamona, barasona,
karapana, makuna, siriána, miriti, arikapu, kujubim, orowin, mynky, kanoê,
kwaza, tuxá, xeta y ofaié cuentan con menos de un centenar de integrantes,
mientras que los pankararú, trumai, maku, jabuti, kulina, zuruahâ, paumari,
jarawara, banavá-jafí, matipu, aweti, zo’e, assurini anambé, amanayé, apiaká y
uru eu wau wau no llegan a los doscientos miembros cada uno. Esto significa que
una cuarta parte de los pueblos indígenas de Brasil está en una situación
extremadamente frágil y vulnerable, con grandes posibilidades de extinción en
un futuro no muy lejano. De estos pueblos sólo los ofaié, xeta, kalabassa, tuxá
y pankararú viven fuera de la Amazonía y hay uno, el ava-canoeiro, que tiene su
hábitat dentro y fuera del territorio amazónico indistintamente. Este pueblo
tiene ya prácticamente extinguida su lengua dado que en el momento del censo
sólo la hablaban 20 personas, mientras que en otros como los akuntsú y juma
hablan sus lenguas menos de una treintena de personas en cada uno.
También hay evidencias de algunas
decenas de pueblos aislados (unos los cifran en 22, otros en 46) aunque existen
discrepancias sobre si son en realidad pueblos o grupos de pueblos que han
huido de rancheros y madereros. La Fundación Nacional del Indio considera que
algunos de estos grupos son kanoê y mekén, sobrevivientes de ataques a sus
aldeas que se internaron en partes impenetrables de la selva en 1995. En Brasil
de considera “indios isolados” a aquellas sociedades indígenas sobre las cuales
se tiene poca o ninguna información y que evitan mantener contactos regulares
“y pacíficos” con otros pueblos de la “sociedad nacional”.
En el Xingu - Foto: Renato Soares |
La forma de vida de los pueblos
indígenas en Brasil es muy variada, hay quienes mantienen una cultura selvática
autosuficiente con mínimo contacto con el exterior y les hay que a través de la
agricultura y de otras formas de producción se han relacionado intensamente con
el mundo no-indígena, un proceso que se viene dando desde hace una treintena de
años como consecuencia de la expansión del proyecto industrial y desarrollista
acelerado e impulsado por los gobiernos militares entre los años 60 y 80. Como
respuesta al mismo, que invadía los territorios ancestrales, los indígenas
iniciaron un proceso de movilización y asociación que les ha llevado a participar
en la vida política del país como sujetos activos. Ante este hecho, el gobierno
no tuvo más remedio que constituir la Fundación Nacional del Indio en 1967 con
unos criterios paternalistas hasta el extremo de constituirse en “tutor legal”
de los indígenas, como se ha indicado al principio de este libro al relatar el
caso del xavante nombrado presidente del Tribunal Russell. Durante las
dictaduras militares, un general fue el presidente de la FUNAI y la misión de
esta institución era “integrar al indio en el menor espacio de tiempo para no
estorbar el desarrollo nacional”, dividiendo a los indígenas en “silvícolas” y
“aculturados”. Los primeros tenían algún tipo de derechos, como impedir su
muerte a manos de hacendados codiciosos o explotadores de minas sin escrúpulos
junto a una mayor prevención ante enfermedades contagiosas o la aparición de
casos de hambre como resultado de las modificaciones que los especuladores,
públicos y privados, provocaban en sus tierras pero no como política de defensa
hacia ellos sino con la finalidad de “conservarlos vivos” para que pudiesen
“participar” en el proyecto de desarrollo nacional. Los “aculturados”, antaño
llamados “salvajes”, no tenían derecho alguno.
La situación se mantuvo sin cambios
hasta 1987. Hubo, como es lógico, resistencias abiertas de sectores
“indigenistas” de la sociedad brasileña y de los propios indígenas,
significándose los del Mato Grosso. Dividido en norte y sur, en los dos Estados
del mismo nombre habitan 51 pueblos indígenas, la cuarta parte de los
existentes en Brasil. Y son ellos quienes inician un proceso de asociación
reivindicando la adopción de medidas políticas capaces de asegurar la
continuidad de sus tierras y tradiciones. Es la primera vez que los indígenas
hablan por sí mismos, sin contar con los “intermediarios” indigenistas
anteriores, fuesen misioneros o antropólogos. Surge así la Unión de
Nacionalidades Indígenas que logra modificar esas ansias de integración
desarrollista, pero es respondida por el reforzamiento de la FUNAI, a quien se
le otorga un nuevo objetivo: establecer los “criterios de indianidad”.
De nuevo la resistencia, pero en esta
ocasión ya había desaparecido la dictadura militar y estaba en marcha un
proceso constituyente (1988) que superaba la doctrina de “asimilación natural”
impuesta por los militares y reconocía “con carácter permanente” derechos
originales inherentes de los pueblos indígenas por su condición de ocupantes
históricos iniciales y permanentes de sus tierras: organización social,
costumbres, lenguas, creencias y tradiciones, y los derechos originarios sobre
las tierras que originalmente ocupan, “competiendo a la Unión demarcarlas,
proteger y hacer respetar todos sus bienes”.[2] No sólo se reconocía
la obligación del Estado de demarcar, proteger y respetar las tierras sino que
al considerar las mismas como parte de los derechos originales de los pueblos
indígenas se reconocía que estos derechos anteceden todo acto administrativo
del gobierno.
¿Victoria de los pueblos indígenas? En
absoluto. A pesar de este reconocimiento expreso, la Constitución establece que
es el Congreso quien tiene toda la potestad de legislar cuestiones tan
sensibles como autorizar la explotación de recursos naturales de áreas
indígenas. La cuestión recurrente en todo el mundo. Y, a pesar de ello, dada la
estructura federal de Brasil son los gobiernos de los Estados quienes, en la
práctica, vienen a tener la última palabra y la ejercen en muchos casos, por
ejemplo, con la creación de nuevas municipalidades que se insertan en áreas
indígenas para crear focos de población nueva e iniciar planes para el
desarrollo de esa nueva área metropolitana. De esta forma si no se viola la
Constitución, al menos se la rodea y, por supuesto, erosiona.
Pero, además, el nuevo ordenamiento
jurídico se pegó un tiro en el pie al mantener la diferenciación de los pueblos
indígenas impuesta por las dictaduras militares de “silvícolas” y “aculturados”
en el Código Civil. En él se incluye a los “silvícolas” en la categoría de
“incapaces relativos” junto con los del grupo de 16 a 21 años. Esta incapacidad
legal no impide que posean los derechos comunes, de propiedad, reunión,
tránsito, etc.; y están protegidos por una presunción legal. Esta incapacidad
se extingue en la medida en que los indígenas “silvícolas” se adaptan a la
“civilización del país”. La tutela era ejercida por la FUNAI. Así lo regulaba
el Estatuto del Indio, también de la etapa militar (1973), y subdividía a los
indígenas en “aislados”, en “vías de integración” e “integrados”.[3] Este estatuto se
mantuvo vigente ¡hasta el año 2008! Ni qué decir tiene que fue la Declaración
de Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por la Asamblea General de la ONU
en el año 2007 quien provocó la reacción del gobierno en ese sentido, que se
justificó por la tardanza en hacerlo argumentando que al aprobarse la
Constitución se habían incorporado a su articulado la facultad de que
comunidades y organizaciones indígenas pudiesen iniciar juicios en defensa de
sus intereses y derechos, lo que suponía, de hecho, la inexistencia del
precepto de tutela legal recogido en el Código Civil.
Foto: Amazonia Brasileira |
Leyes favorables, situaciones
injustas. La doble cara de la moneda, el binomio fatal para todas las
poblaciones originarias del continente. Los pueblos indígenas en Brasil se
enfrentan a problemas legales y a una desastrosa situación sanitaria y
nutricional. No es algo nuevo para ellos, aunque sí el hecho de que el Estado
confirmase ya en 1995 –sobre una base de estudio de 300.000 indígenas, la casi
totalidad de los censados entonces (ver arriba)- que dos terceras partes de
ellos se encontraban en “situación grave” en cuanto a salud, alimentación y
educación y que en 198 de las 297 áreas estudiadas había problemas de invasión
de tierras, destrucción del medio ambiente y contaminación por el ejercicio de
actividades mineras y agropecuarias.
La Constitución tenía ya casi una
década de vigencia. Su articulado establece que las áreas indígenas son
“bienes” de Brasil y están sujetas a la jurisdicción federal aunque, al mismo
tiempo, se reconocen los derechos originales de los indígenas sobre ellas,
derechos que anteceden a los del Estado. Reconoce también que sobre las tierras
les cabe a los indígenas posesión permanente y usufructo exclusivo del suelo,
ríos y lagos, así como la participación en los beneficios de la explotación de
las riquezas del subsuelo, hídricas y energéticas. La contradicción es
evidente. Si el Estado se reserva la potestad sobre estas tierras, a los
indígenas les queda poco margen de autonomía –sin hablar de nula
autodeterminación- sobre ellas. La cuadratura del círculo se logra con la
clasificación de las tierras en “ocupadas” y “reservadas”. Sólo de éstas
últimas son los verdaderos propietarios y sobre las que deciden. Pero es el
Estado quien decide cuál es cuál.
Se calcula que en Brasil las tierras
indígenas suponen unos 100 millones de hectáreas y sobre algo menos de la mitad
tendrían estos pueblos algún reconocimiento jurídico de propiedad que, en la
práctica, se ve continuamente amenazada, usurpada o reducida por distintas
acciones. En primer lugar por las invasiones e intrusiones ilegales de
madereros, mineros, agricultores o para asentamiento de pobladores no
indígenas. En segundo lugar, por ataques judiciales y políticos contra la
estabilidad de los derechos ya establecidos o de la consolidación de aquellos
en proceso. Se llegó a dar el caso que un Estado, el de Roraima, ofreció
asesoramiento legal gratuito a los reclamantes de tierras de los ingaricô,
macuxi, patamona, taurepang, waimiri-atroari, wapixana, waiwaí, yanomami y
ye’kuana. El hecho de que muchas de esas reclamaciones fuesen desestimadas por
la FUNAI y la justicia no quita valor a la actitud del Estado de Roraima en
contra de los indígenas. En segundo lugar, por decisiones de establecer
infraestructuras de caminos, obras públicas o de energía sin el debido acuerdo
de las poblaciones indígenas afectadas.
Se ha dicho antes que una de las
formas de burlar los derechos reconocidos en la Constitución es la creación de
nuevas municipalidades que se insertan en áreas indígenas para crear focos de
población nueva e iniciar planes para el desarrollo de esa nueva área
metropolitana. En estos momentos es uno de los principales escollos que
dificultan la aplicación firme de los preceptos constitucionales y legales
sobre tierras indígenas dado que se realizan en zonas total o parcialmente
reclamadas y/o demarcadas como áreas indígenas. Se desconoce la estructura de
gobierno indígena al tiempo que se acentúa o se intenta la división entre ellos
al cooptar a alguno de los dirigentes de la comunidad para participar en el
gobierno municipal, lo que conlleva privilegios y el consiguiente abandono de
la cultura, lengua y tradición por no hablar de una nueva visión de la tierra
ligada a su enriquecimiento personal. Ello favorece la adopción de medidas para
legalizar a los ganaderos o agricultores que habían invadido las tierras de los
pueblos originarios, creando focos de conflicto permanentes y provocando
enfrentamientos armados. Algunos de los pueblos que han recurrido a ellos para
defender sus tierras son xucuru y guaraní.[4] Los indígenas
afirman que si bien en un primer momento los invasores manifestaron que sólo
querían criar ganado no pasó mucho tiempo para que empezaran a cometer ataques
contra ellos, impidiéndoles criar, pescar y cazar donde lo hacían
ancestralmente. Igualmente demolían sus casas y cultivos llegando en muchas
ocasiones al asesinato. Además “los garimpeiros trajeron al área indígena
enfermedades, alcoholismo, prostitución, destrucción del medio ambiente y
contaminación de los ríos”.[5] A ellos les matan y
ellos también han matado, en mucha menor proporción, desde luego. La lucha, no
sólo armada sino bloqueos de carreteras para evitar la llegada de suministros a
los invasores y los recursos a todo tipo de instancias judiciales, nacionales e
internacionales, ha logrado reducir algo este tipo de acciones intrusivas.
Amazonia. Foto: Karla Freitas |
El tema de los garimpeiros (obreros
mineros que buscan todo tipo de piedras preciosas, fundamentalmente oro,
diamantes y esmeraldas utilizando para ello la técnica del aluvión, que arrasa
laderas, y usando mercurio como sustancia que amalgama el oro) es de especial
gravedad en Brasil. Los yanomani son testigos de ello. Ya en 1989 se detectaron
comunidades de yanomani que presentaban niveles de contaminación por mercurio
muy superiores a lo considerado aceptable por la Organización Mundial de la
Salud. Pues bien, lejos de mejorar su situación, ha empeorado. A pesar de
haberse demarcado y homologado su territorio, sigue siendo invadido de forma
incesante por los garimpeiros que trabajan solos pero financiados, abastecidos
y apoyados políticamente por grupos de capacidad financiera y peso político en el
país, y particularmente en los Estados de Amazonas y Roraima. Si eso no fuese
así no se entendería la existencia de pistas de aterrizajes clandestinas como
las que periódicamente se descubren.
El año 2002 se produjo el triunfo
electoral de Luiz Inácio “Lula” da Silva en las elecciones presidenciales y
generó grandes expectativas entre el movimiento indígena. Una de sus primeras
medidas fue la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Se esperaba una acción
rápida y decidida en favor de la demarcación de tierras y protección de sus
recursos naturales junto a un tratamiento preventivo de la violencia de que
seguían siendo víctimas y la aplicación de medidas eficaces para reducir la
impunidad de todo tipo gubernamental, policial y judicial existente en el país
a la hora de condenar a violadores de los derechos humanos de los pueblos
indígenas. Los conflictos por la tierra se generalizaron en todo el país: los
dos Mato Grosso, Pernambuco, Bahía, Roraima… Los sectores anti-indígenas
pensaron que el nuevo gobierno iba a favorecer a los indígenas y pretendieron
situarle ante unos hechos consumados. Sin embargo, era un temor infundado. La
negativa de “Lula” a firmar la ratificación de las tierras de Raposa-Sierra do
Sol (véase nota más abajo) dejaba bien a las claras la apuesta del nuevo
gobierno por mantener no ya el modelo económico, sino el no enfrentamiento con
los sectores económicos, políticos y financieros que habían hecho campaña en su
contra. “Lula” quería estabilidad y sólo la iba a conseguir renegando, una vez
más, de lo planteado en la campaña electoral respecto a los indígenas. La
política de “frases bellas”, como fue calificada, contra la de hechos duros y
crudos.
No sólo era “Lula” o su gobierno quien
no cumplía, sino la FUNAI. Los pueblos kayapó, mundurukú, parintintin,
tenharin, karitiana, karipuna, mura, jiahui y sature-mawé criticaron a este
organismo por su política de demarcación de tierras, demasiado permeable a los
intereses no ya de los invasores, sino de quienes argumentaban derechos sobre
las mismas en base a confusos documentos de finales del siglo XIX y principios
del XX. Aún en ese caso, lo que debía prevalecer era la consideración
constitucional de los “derechos originales” de los indígenas, es decir,
anteriores a la constitución de Brasil como país e, incluso, de la llegada de
los conquistadores europeos.
El gobierno estaba claramente a la
defensiva ante estas críticas y eso le llevó a aceptar la recomendación de la
CIDH de proceder a la demarcación de la tierra de Raposa-Sierra do Sol, para
evitar la condena de la OEA, a principios de 2005 aunque la decisión
presidencial, pues había sido el propio “Lula” quien lo había ordenado, fue
paralizada por el Tribunal Supremo al aceptar un recurso de los hacendados a
quienes afectaba dicha demarcación.[6] Como consecuencia de
la ratificación del convenio de la OIT se produjo en 2004 una importante
reforma constitucional en el terreno judicial que, entre otros extremos,
refuerza el valor interno de los tratados internacionales de derechos humanos
ratificados por Brasil de forma que llega a hacérseles “equivalente a las
enmiendas constitucionales”.
Por lo tanto, las críticas le llegaban
ahora al gobierno tanto por incumplir la legislación internacional como la
nacional, siempre con el tema de la tierra como referente. El Consehllo
Indigenista Missionário, una de las organizaciones más activas en la defensa de
los indígenas, publicó un informe en el que se especificaban las 413 tierras
indígenas reservadas, homologadas y registradas y se indicaba que de ellas 226
aún seguían sin regularizarse en todo el país.[7] La mayoría en los
estados “conflictivos” ya mencionados: los dos Mato Grosso, Rondonia, Amazonas…
Pareciese que el gobierno sólo actúa bajo presión puesto que apenas conocerse
ese informe se regularizaron diez de ellas en el Amazonas y se hizo un anuncio
público de hacer lo propio con otras 90 en 2006 aunque con una importantísima
matización, hecha por boca del presidente de la FUNAI: “los pueblos indígenas
del Brasil tienen demasiada tierra, hasta ahora no hay límites para sus
reivindicaciones agrarias, pero estamos llegando a un punto en que el Tribunal
Supremo deber definir un límite”.[8]
No eran declaraciones dichas porque
sí. Los conflictos armados se recrudecían, de forma especial en Mato Grosso do
Sul. Este estado es uno de los más ricos del país en cuestiones agrícolas y el
mayor exportador de granos de todo Brasil. Las organizaciones indígenas y
diferentes movimientos solidarios consideran que sólo entre 2005 y 2006 fueron
expulsados de sus tierras por el agrocomercio 48.000 de ellos pertenecientes a
los pueblos terena, chamacoco, xavante, kadiweu y kaimbé, entre otros. Mientras
esto acontecía, tanto en este Estado como en el otro Mato Grosso los
gobernadores pedían una moratoria en la demarcación de tierras. El gobierno
prefería enfrentar la rebelión de los indígenas antes que la de los
gobernadores, jueces y policías dado que las cifras oficiales no podían ser más
elocuentes: en Mato Grosso do Sul se había aumentado la violencia en un 214%.[9] No se podían dejar
las cosas así y, otra vez, se actuó con medidas más aparentes que reales. Con
dos años de retraso respecto al calendario que había anunciado, “Lula”
reconoció la Comisión Nacional de Política Indigenista (CNPI), de la que
formaban parte 20 dirigentes indígenas de diferentes partes del país junto a 12
integrantes del Gobierno y dos de organizaciones no gubernamentales.
Algunos Pueblos Originarios de Brasil |
Pero ya nada podía parar el descrédito
gubernamental, acentuado a raíz de la decisión de incentivar a gran escala la
producción de agrocombustibles (etanol) provocando una acelerada compra-venta
de tierras que bloqueaba aún más las posibilidades de delimitación de los
territorios indígenas, a pesar de que el mismísimo “Lula” se tuvo que implicar
en el tema impulsando la Agenda Social de los Pueblos Indígenas y un Plan de
Aceleración del Crecimiento Indígena, con la mira puesta en el año 2010, con
los objetivos de delimitar 127 territorios indígenas, recuperar las áreas
indígenas degradadas, fortalecer las lenguas en peligro de extinción y “llevar
los beneficios del Gobierno federal a todas las aldeas y a la población
indígena urbana del país, fortaleciendo a las organizaciones indígenas para el
ejercicio del control social de las acciones gubernamentales”.[10] Junto a ello, un
aumento del presupuesto de la FUNAI. Pero, al mismo tiempo, anunció la
privatización de 90.000 hectáreas de la Amazonía.[11] Y, en paralelo, el
Congreso de Brasil iniciaba la discusión de un proyecto de ley para regular la
minería en las tierras indígenas, rechazado por la mayoría de las
organizaciones de los pueblos originarios por afectar a sus actividades
tradicionales de caza, pesca y agricultura.
La situación llegó a la ONU. Su
Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades
Fundamentales de los Indígenas visitó el país por primera vez y después de
reconocer que Brasil “tiene importantes medidas legales y
constitucionales de protección para los pueblos indígenas, y su Gobierno
ha desarrollado una serie de programas importantes en materia de derechos
indígenas a la tierra, el desarrollo, la salud y la educación” consideró
que eran necesarios “esfuerzos adicionales” para asegurar que los pueblos
indígenas son capaces de ejercer plenamente su derecho a la libre determinación
en el marco de un Estado brasileño “respetuoso de la diversidad”. Eso significaba,
para el Relator Especial de la ONU, que los indígenas tenían que “ejercer
control sobre sus vidas, las comunidades y tierras y participar en todas
las decisiones que les afecten, de conformidad con sus propios patrones
culturales y estructuras de autoridad”. ¿Por qué lo decía? Pues por existir un
“paternalismo arraigado hacia los pueblos indígenas, por una aparente falta de
entendimiento entre gran parte del público y los medios de comunicación de
las cuestiones indígenas y al oponerse las fuerzas políticas”. Las
recomendaciones tenían que ir en esa línea y la primera fue que el gobierno
debería “desarrollar e implementar una campaña nacional de educación sobre las
cuestiones indígenas y el respeto a la diversidad en asociación con los pueblos
indígenas y con el apoyo de Naciones Unidas”. La segunda, “mejorar el control
de los pueblos indígenas sobre sus comunidades, territorios y recursos
naturales, incluido el reconocimiento efectivo de las instituciones de
autoridad de los pueblos indígenas y las leyes consuetudinarias”. La tercera,
“facilitar un mayor poder de decisión de los pueblos indígenas sobre la
prestación de servicios por parte del Gobierno en sus comunidades”. La cuarta,
que se garantizase a la FUNAI la financiación y personal suficientes para
“proceder con eficacia con el proceso de demarcación y registro de tierras
indígenas de conformidad con la reglamentación internacional”.[12]
Ahí quedo la cosa, sin la menor
trascendencia puesto que el gobierno hizo caso omiso de ese informe y sus
recomendaciones. Un juez brasileño de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos reconocía sin sonrojo que Brasil incumplía el Convenio 169 de la OIT.[13] La oligarquía
brasileña arremetía contra el Convenio 169 (noviembre de 2008) calificándole de
“barrera para el desarrollo y afrenta a la unidad nacional” al otorgar potestad
a los indígenas de intervenir en las decisiones macroeconómicas por lo que
pedía, simple y llanamente, su anulación.[14] No es extraño, por
lo tanto, que los indígenas continúen muriendo a manos de hacendados, empresarios
de todo tipo y garimpeiros. El proceso económico desarrollista impulsado por el
gobierno, sobre todo a raíz de la decisión de incentivar la producción de
etanol, ha provocado un aumento considerable de deforestación en tres Estados
amazónicos: Pará, Mato Grosso y Rondonia. Junto a ello, el plan hidroeléctrico
de aumentar casi en un 50% el número de centrales en el país supuso que se
viesen afectadas las tierras indígenas pues se planeó construir un total de 247
en la Amazonía. De llevarse a efecto este plan de construcción de centrales
hidroeléctricas se verían afectadas considerablemente las tierras de los
pueblos enawenê-nawe, nambikwara, pareci, mynky, rikbaktsa, karitiana y
karipuna. Pero según una sentencia del Tribunal Supremo en la que se daba la
razón a los indígenas en un conflicto de tierras (ver nota 6) ya no es
necesaria la consulta previa a los pueblos afectados por cuestiones de este
tipo si el gobierno las considera “de interés público” o bien “de interés para
la Defensa Nacional”. Dicha sentencia no es en nada conforme con la
Constitución, la reinterpreta de forma restrictiva aunque, en apariencia, se
hubiese dado la razón a una histórica demanda indígena. Es la norma en Brasil:
una de cal para los indígenas y diez de arena. Y lo más sangrante es que esta
reinterpretación del texto constitucional se produce sin participación alguna
del Congreso. Un dato: la sentencia del Tribunal Supremo Federal se refiere en
todo momento a los indígenas como “indios” –también se recoge así en el
epígrafe capítulo de la Constitución que habla de ellos, aunque luego sí se
refiere a pueblos- y en ningún caso les menciona como pueblos, sino como
“grupos tribales”. Y tampoco era una sentencia acorde con la legislación
internacional, tal y como había recomendado el Relator Especial de la ONU en su
informe. Por eso la OIT en su informe anual de 2010 vuelve a insistir en que
“se deberán efectuar estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a
fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio
ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos
pueblos”.[15]
Etnia Kaiapó |
Sin embargo eso no arredró al
presidente ”Lula” que, en febrero de este año, aprobó la construcción de la que
será tercera central hidroeléctrica más grande del mundo en el estado amazónico
de Pará –después de 20 años de discusión- y que anegará 516 kilómetros
cuadrados de superficie en la que hay 30 tierras indígenas a pesar de las dudas
técnicas sobre la viabilidad del proyecto, que se justifica en la necesidad de
satisfacer de energía a 23 millones de personas. No hay dudas sólo técnicas,
también jurídicas sobre su licitud. La Procuraduría de la República (fiscalía)
ha pedido que se cancele la licitación para construir esta macrocentral
eléctrica al considerar el proyecto “una afrenta a las leyes ambientales”.[16] Pero el proyecto va
a seguir porque “Lula” ya ha dicho que nada lo va a parar[17] y ya se está
constituyendo un consorcio de empresas, bajo la tutela de la estatal
Eletrobras, para participar en el proyecto.[18]
La postura de Brasil respecto a los
pueblos indígenas existentes en el territorio del país es, en realidad, la del
miedo a la autonomía indígena. Más de doscientos pueblos, casi igual número de
lenguas y una existencia en territorios amplios y ricos ponen de los nervios a
todos los poderes, sean considerados “progresistas” o no. A pesar del innegable
arco legislativo que establece sus derechos, ninguno de los gobiernos
democráticos que han sucedido a las dictaduras militares ha hecho cambio alguno
en las estructuras político-administrativas del Estado y mucho menos en la
línea de ir hacia la transformación del Estado actual en uno plurinacional, en
la línea que se viene haciendo en otros paises latinoamericanos. Se acepta sin
excesivos problemas la diversidad cultural, se fomenta con más entusiasmo que
eficacia la educación (2.517 escuelas para los indígenas que atienden a un
total de 178.000 alumnos), se cuenta con representantes indígenas en procesos
electorales (en las elecciones de 2008 para prefectos y consejeros municipales
resultaron electos seis indígenas como prefectos y viceprefectos junto a otros
74 consejeros) y se dan pasos hacia la autonomía, inducidos y apremiados por
los organismos internacionales al haberse ratificado normas, derechos y
convenios, en cuestiones importantes pero menores como la salud (en Brasil
existen los Distritos Sanitarios Indígenas Especiales) pero se tiene un
excesivo temor a que este tipo de estructuras desemboquen en algo político que
ponga en cuestión un modelo económico determinado y la explotación de
territorios y recursos. O, por decirlo claramente, hay miedo al ejercicio de la
autonomía y autodeterminación de los pueblos.
Brasil ratificó el Convenio de la OIT
tres años más tarde se haberse aprobado y de inmediato la Declaración de
Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007; en ambos documentos aparece ese derecho.
La participación y representación política de los pueblos indígenas en las
instancias de poder legislativo del Estado, el reconocimiento de sus
territorios como unidades regionales autónomas, donde el pueblo que ahí vive
pueda ejercer sus formas propias de gobierno y justicia y no como meras tierras
demarcadas como parcelas o unidades productivas, son dimensiones ausentes del
texto constitucional y de las leyes que lo desarrollan. Tampoco lo recoge el
Tribunal Supremo en la sentencia reseñada más arriba. Por el contrario,
establece nuevas cortapisas a estos derechos en lo que se ha dado llamar
“salvaguardas” y que limitan hasta extremos que hacen desaparecer cualquier
tipo de autonomía indígena.
Desde que se creó la Comisión Nacional
de Política Indigenista (abril de 2007) se vienen realizando encuentros anuales
para discutir un estatuto –el vigente es de 1973, elaborado por los militares-
que recoja definitivamente los derechos y deberes de los indígenas sin que se
haya llegado a parte alguna, al menos en el momento de enviar este libro a
imprenta. Para lo que sí ha servido este tipo de reuniones es para que los
indígenas se agrupen alrededor de una organización de representación federal,
la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB). Ahora los indígenas
tienen una sola voz para hacer oír sus propuestas, reivindicaciones y demandas.
http://www.ibge.gov.br/espanhol/presidencia/noticias/noticia_impressao.php?id_noticia=506
[2]http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituiçao.htm
[3]http://www.funai.gov.br/quem/legislacao/estatuto_indio.html
[4] Consellho Indigenista
Missionàrio. Organismo de la iglesia católica creado en la década de 1970 y uno
de los primeros en movilizar a la sociedad a favor de la causa indígena. Uno de
los prelados de mayor prestigio e influencia que impulsó la creación del CIMI
fue Pedro Casaldáliga. http://www.cimi.org.br/
[5] Asamblea General de Líderes del
Área Raposa-Sierra do Sol. Presentación de recurso ante la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, 3 de diciembre de 1995. La CIDH les dio la
razón aunque la situación sigue manifestándose en los mismos términos en la
actualidad. En 2004 se formalizó una denuncia contra el gobierno de Brasil en
la Organización de Estados Americanos al no haberse producido la demarcación de
la tierra. En 2009 los indígenas volvieron a ponerse en pie de guerra, ocupando
tierras, para obligar a los tribunales a una decisión definitiva.http://www.telesurtv.net/noticias/secciones/nota/45299-NN/tribunal-brasileno-analiza-ocupacion-de-territorio-indigena-en-el-roraima/
[6] El caso Raposa-Sierra do Sol se
resolvió definitivamente el año 2009 al dar la razón el Tribunal Supremo a la
reivindicación indígena. Las tierras quedaron demarcadas en 1’8 millones de
hectáreas, la extensión que habían reclamado los indígenas ingarikó, makuxi,
taurepang, patamona y wapixana desde el principio, y se reintegraban al mismo
10.000 hectáreas ocupadas por un hacendado y varios colonos. Si se les hubiese
hecho caso desde el principio se hubiesen evitado los muertos (10), heridos y
detenidos habidos durante un proceso que se prolongó desde 1993, todos de la
parte indígena.
[7]http://www.cimi.org.br/?system=news&action=read&id=1945&eid=383
[8] Folha de São Paulo, 12 de enero
de 2006.
[9] Folha de São Paulo, 8 de enero de
2008. http://www1.folha.uol.com.br/folha/brasil/ult96u361051.shtml
[10] Folha de São Paulo, 21 de
septiembre de 2007.
[11]http://www.elpais.com/articulo/internacional/Amazonia/SA/elpepuint/20070924elpepuint_1/Tes
[12] Consejo de Derechos Humanos, 12º
período de sesiones. Informe del Relator Especial sobre la situación de los
derechos humanos de los pueblos indígenas en el Brasil. A/HRC/12/34/Add.2. 26
de agosto de 2009
[13]http://www.ecodebate.com.br/2008/11/11/corte-interamericana-admite-que-convencao-169-pode-estar-sendo-descumprida-no-pais/
[14]http://txt.estado.com.br/editorias/2008/11/14/edi-1.93.5.20081114.3.1.xml
[15] OIT, Conferencia Internacional
del Trabajo, 99.ª reunión, 2010. Informe de la Comisión de Expertos en
Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Pueblos indígenas y tribales.
Brasil.
[16]http://economia.terra.com.co/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201004071837_AFP_183700-TX-FIX63
[17]http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_content&%20task=view&%20Itemid=1&id=916&ccdate=9-4-2010
[18]http://economia.terra.com.co/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201004082331_EFE_201004CL4386
Fuente: Pueblos Originarios de América
Muy buen trabajo, gracias por esmerarse tanto, felicitaciones queridos amigos y hermanos.
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