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domingo, 24 de abril de 2016

La Justicia suspendió venta de tierras en La Poma, (Salta-Argentina), por ser "posesión ancestral" de una comunidad indígena.


La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial suspendió la venta de un campo en La Poma por considerar que habitan esas tierras, como “dueñas de tiempos inmemoriales y ejerciendo una posesión ancestral, numerosas familias de la comunidad indígena La Unión de Diaguitas y Calchaquíes”.

En línea con el criterio de la fiscal Gabriela Boquin, la Sala E de la Cámara Comercial suspendió la venta de las tierras en el marco del proceso de quiebra del Banco Oddone iniciado hace 35 años, luego de que la casa crediticia fuera intervenida durante la última dictadura, informó el sitio www.fiscales.gob.ar.

Hace más de una década, una jueza de primera instancia dispuso la liquidación de algunos bienes del activo de la quiebra, entre ellos una fracción del denominado Campo La Poma, habitando por familias indígenas.

Después de dar intervención por primera vez a la comunidad afectada, así como al Estado provincial y a las autoridades nacionales competentes por ley en la materia, la Cámara Comercial suspendió la venta hasta la determinación y demarcación de las tierras cuya propiedad comunitaria se invocó.


Además, encomendó al juzgado de primera instancia evaluar las alternativas propuestas por la Fiscal General a fin de encontrar una rápida solución a la cuestión planteada, preservando el derecho de todas las partes involucradas en el conflicto.

Los camaristas señalaron en el fallo que la Constitución Nacional reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.

También recordaron que el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, de jerarquía supra legal, dispone que “deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados”.

El fallo recordó además la vigencia de la ley 26160 que declaró desde 2006 la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras indígenas, ordenando el relevamiento de las mismas y su regularización dominial.

Fuentes:http://diariopuntouno.com.ar/ (Salta) http://www.test.hoycorrientes.com/
ElOrejiverde - 24 de Abril de 2.016

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