Convenio 169 de la OIT Sobre pueblos indígenas y tribales.
Argentina depositó la ratificación del Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en Ginebra el día 3 de Julio de 2.000, con lo cual dicho Convenio entró en vigor desde Julio de 2.001, doce meses después del registro de dicha ratificación según el artículo 38, inciso 2 del propio Convenio.
Con la ratificación del Convenio 169 de la OIT dicho instrumento se convirtió en parte del cuerpo legal del Estado Argentino, lo que implica el reconocimiento de mayores derechos a los Pueblos Indígenas de los que les otorga la Constitución de 1.994 en su Artículo 75 Inciso 17.
Por el Convenio 169 de la OIT, el Estado Argentino reconoce a los Pueblos Indígenas entre otros derechos, su integridad cultural, tierras, sus formas de organización social, económica y política y su derecho.
Fuente: Libro Los Derechos de los Pueblos Originarios - José Javier Rodas (Editorial Universitaria - Posadas - 2011).
Infografía: Marandú Comunicaciones.
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