Andrés nació en Santo Tomé, 30 de noviembre de 1778. Algunos
historiadores afirman que podría haber nacido en San Francisco de Borja, actual
São Borja. Fallecido en Río de Janeiro 1821. Fue uno de los primeros caudillos
federales de las Provincias Unidas del Río de la Plata y el único de origen
indígena en la Historia Argentina. Gobernó entre 1811 y 1821 la Provincia
Grande de las Misiones, de la cual la actual provincia argentina homónima es
sólo una parte. Fue uno de los más fieles colaboradores del general de la Banda
Oriental actual Uruguay, José Gervasio Artigas, quien lo apadrinó y lo adoptó
como hijo; permitiéndole firmar como “Andrés Artigas”.
Era de familia guaraní, lo que —de no haber mediado Artigas—
le hubiera excluido de la oficialidad de la época.
De la bandera misionera, la historia lo encuentra a José
Gervasio Artigas acuñando la enseña tricolor en su llamada al levantamiento
contra Buenos Aires en 1815. Este 30 de Noviembre aniversario del natalicio de
Andrés Guacurarí, quién asumiera el gobierno de Misiones con el cargo de
comandante general, con una historia de luchas y amores por nuestra tierra.
La actual Bandera de Misiones, provincia de Argentina, se
implementó a través del decreto provincial N° 326 el día 12 de febrero de 1992
y está conformada por los colores rojo, azul y blanco, en ese orden.
Según el propio José Artigas el significado de la bandera es
el siguiente:
Rojo: “por la sangre derramada para sostener nuestra libertad
e independencia”.
Azul: “de nuestra decisión por la República”.
Blanco: “de nuestra distinción y grandeza”.
El Decreto
El 12 de febrero de 1992 es firmado un decreto por el
gobernador de la provincia de Misiones, Federico Ramón Puerta, en el que daba
un carácter oficial a la bandera.
DECRETO Nº 326 12 de FEBRERO DE 1992
ARTÍCULO 1º:- TÉNGASE
por Bandera Oficial de la Provincia de Misiones, al Pabellón Azul, Rojo y
Blanco. El orden de los colores mencionados será, respetando la tradición y uso
que ya se hace emblema. El Rojo en la parte superior, el Azul en el medio y el
Blanco en la banda inferior. La ubicación será transversal.-
ARTÍCULO 2º:-LA Bandera de Misiones, será obligatoriamente
izada en los establecimientos oficiales dependientes del Gobierno de la
Provincia y estará colocada siempre a la izquierda de la Bandera Argentina.-
ARTÍCULO 3º:-SU uso será obligatorio en todo acto oficial,
acompañado siempre de la Bandera Nacional, y todos los vehículos oficiales,
propiedad de la Provincia de Misiones, llevarán, arriba del Escudo de la
Provincia, los colores de nuestro emblema Regional.-
ARTÍCULO 4º:-TAMBIÉN será obligatorio su uso en todos los
establecimientos, y de la misma manera que el alumno de más alto promedio tiene
el honor de llevar la Bandera Argentina, el alumno que sea nominado por sus
condiscípulos como el MEJOR COMPAÑERO será honrado como PORTADOR de la
Histórica Bandera de Misiones, por el mandato y vigencia del sentido de
solidaridad que simboliza.-
ARTÍCULO 5º:-REFRENDARAN el presente Decreto los
Ser. Ministros de Gobierno y de Cultura y Educación.-
ARTÍCULO 6º:-REGÍSTRESE, comuníquese, y dése a publicidad.
Tomen conocimiento los Ministerios y Secretarías de Estados. Entes autárquicos
y Descentralizados, Autoridades del Poder Legislativo y del Poder Judicial.
Comuníquese a las autoridades del área educativa. Cumplido, ARCHÍVESE. –
Fuente:
MisionesCuatro (Posadas-Misiones-Argentina)
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