La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado de Argentina por la violación del derecho de las comunidades indígenas a la identidad cultural, un medio ambiente sano, la alimentación adecuada y el agua, informó este jueves el tribunal.
El tribunal interamericano, con sede en San José, ordenó medidas específicas para la restitución de esos derechos, incluyendo acciones para el acceso al agua y a la alimentación, la recuperación de recursos forestales y la recuperación de la cultura indígena en Argentina.
El caso se originó con el reclamo de reconocimiento de la propiedad de sus tierras de parte de las comunidades indígenas Wichí, Iyjwaja, Komlek, Niwackle y Tapy’y, de de la provincia de Salta (norte), fronteriza con Paraguay y Bolivia.
Los indígenas reclaman que sus tierras han sido ocupadas por otros pobladores y que se construyó un puente internacional sin previa consulta por parte del Estado.
La CorteIDH dijo en un comunicado que "en la zona se ha constatado presencia indígena de modo constante, al menos desde 1629".
El tribunal determinó que el Estado violó el derecho de propiedad comunitaria al no dotar de seguridad jurídica a los pobladores originarios y permitir que se mantenga la presencia de pobladores no indígenas.
Indicó que las comunidades indígenas llevan más de 28 años de reclamar la propiedad de las tierras sin que el Estado atienda su demanda.
Según la corte continental, Argentina no cuenta con una normativa adecuada para garantizar el derecho de propiedad comunitaria que practican los indígenas.
Además, señaló que no se siguieron mecanismos adecuados de consulta a las comunidades indígenas para construir un puente internacional en su territorio.
En su sentencia, la CorteIDH señaló que la tala ilegal, la explotación ganadera e instalación de alambrados de parte de los no indígenas, afectaron bienes ambientales, incidiendo en el modo tradicional de alimentación y el acceso al agua de las comunidades nativas.
"Lo anterior alteró la forma de vida indígena, lesionando su identidad cultural", señaló la corte interamericana.
Fuente: Infobae - 2 de Abril de 2020
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