Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas
Artículo 31
Os Guaraní Mbya |
Los pueblos indígenas tienen derecho
a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus
conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las
manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los
recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de
las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las
literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes
visuales e interpretativas.
También tienen derecho a mantener,
controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio
cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales
tradicionales.
Conjuntamente con los pueblos
indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el
ejercicio de estos derechos.
Os Guarani Mbya |
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