Por la solicitud de la Dirección Nacional de Biodiversidad del entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable se determinó la incorporación de la pitanga al Código Alimentario Argentino (CAA). Así lo resolvieron la Secretaría de Regulación y Gestión Alimentaria y la Secretaría de Alimentos y Bioquímica, ambas dependientes del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación.
La pitanga fue registrada, además, con los nombres populares ñangapirí y arrayán. Y es calificada como una "especie de planta nativa, que crece como arbusto o árbol pequeño, ampliamente distribuida en las provincias del norte argentino, tanto como en el sur de Brasil, Paraguay y Uruguay".
En la Resolución conjunta mencionada se indica que "los frutos se consumen crudos o se emplean para elaborar jugos y pulpa, para la preparación de helados, yogures, licores, jaleas y mermeladas, entre otros". Y se afirma que "a nivel regional, esta especie es de gran valor para la biodiversidad de la flora nativa y se destaca como un recurso con potencial de explotación tecnológico y económico, pudiendo ser utilizada como opción para el aprovechamiento sostenible de los bosques nativos y de cultivos en predios familiares, en función de las propiedades nutricionales de sus frutos y el valor agregado de los productos obtenidos".
Fuente: Diario El Territorio (Posadas-Argentina) - 23 de Septiembre de 2019.
No hay comentarios:
Publicar un comentario