sábado, 26 de agosto de 2017

Ley 26160: una prórroga fundamental para los Pueblos Originarios (Argentina)


La Ley 26.160, una normativa fundamental en la garantía de los Derechos Indígenas, que de no prorrogarse, perderá vigencia en noviembre de este año.
Esta importante ley fue sancionada en noviembre de 2006 con el objetivo principal de declarar la “emergencia en materia de posesión y propiedad comunitaria indígena” por el término de cuatro años, suspender los desalojos por el plazo de la emergencia y disponer la realización de un relevamiento técnico —jurídico— catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las Comunidades Indígenas.
La sanción llegó tras una larga lucha por parte de las organizaciones indígenas que incluso llegaron a acampar frente al Congreso de la Nación.
La ley fue reglamentada por el Decreto Nº 1122/07, que habilita al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (autoridad de aplicación) a emitir la Resolución Nº 587, que a su vez crea el “Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas -Re.Te.C.I.- Ejecución Ley 26.160”. En noviembre de 2009 se prorrogaron los términos por otros cuatro años mediante la Ley Nº 26.554.
El primer artículo declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan las comunidades indígenas remitiendo a la fórmula constitucional del artículo 75 inciso 17. Para ser explícita, la propia ley refiere a las comunidades indígenas originarias sin ningún tipo de distingo en relación a los reconocimientos de personerías jurídicas. 
El segundo artículo suspende por el mismo período, cuatro años, todo acto procesal que tenga por objeto el desalojo o desocupación de las tierras ocupadas por comunidades indígenas. 
Fuente:ENDEPA (Equipo Nacional de Pastoral Aborigen)












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