Un espacio destinado a fomentar la investigación, la valoración, el conocimiento y la difusión de la cultura e historia de la milenaria Nación Guaraní y de los Pueblos Originarios.

Nuestras culturas originarias guardan una gran sabiduría. Ellos saben del vivir en armonía con la naturaleza y han aprendido a conocer sus secretos y utilizarlos en beneficio de todos. Algunos los ven como si fueran pasado sin comprender que sin ellos es imposible el futuro.

martes, 30 de septiembre de 2014

Vuela...


Naciste con potencial.
Naciste con confianza y bondad.
Naciste con sueños e ideales.
Naciste con grandeza.
Naciste con alas.
No estás destinado a arrastrarte;
Tienes alas.
Aprende a usarlas y vuela.

Rumi


Documento Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas (CMPI) de Naciones Unidas


El nombre oficial de la Conferencia fue: “Reunión plenaria de alto nivel del sexagésimo noveno período de sesiones de la Asamblea General”.
El texto de la Resolución aprobada recoge consensos acordados entre estados, en diálogos previos a la Conferencia, en donde también intervinieron representantes de pueblos indígenas.

Naciones Unidas
Asamblea General 
A/69/L.1
[Aprobado el 22 de septiembre de 2014]


PROYECTO DE RESOLUCIÓN PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General,
Aprueba el siguiente documento final:

Documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas.

1. Nosotros, los Jefes de Estado y de Gobierno, ministros y representantes de los Estados Miembros, reafirmando nuestro compromiso solemne con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, en un espíritu de cooperación con los pueblos indígenas del mundo, nos hemos reunido en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York los días 22 y 23 de septiembre de 2014 con ocasión de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas para reiterar la importante función que desempeñan permanentemente las Naciones Unidas en la promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas.

2. Acogemos con beneplácito los procesos preparatorios de los pueblos indígenas para la Conferencia Mundial, incluida la Conferencia Preparatoria Mundial de los Pueblos Indígenas que se celebró en Alta (Noruega) en junio de 2013. Tomamos nota del documento final de la Conferencia de Alta[1] y otras contribuciones de los pueblos indígenas. Acogemos con beneplácito también el proceso preparatorio inclusivo de la reunión plenaria de alto nivel, en particular la amplia participación de representantes de los pueblos indígenas.

3. Reafirmamos nuestro apoyo a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General el 13 de septiembre de 2007[2], y los compromisos que hemos contraído al respecto de celebrar consultas y cooperar de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado, de conformidad con los principios aplicables de la Declaración.

4. Reafirmamos nuestro solemne compromiso de respetar, promover, impulsar y no menoscabar en modo alguno los derechos de los pueblos indígenas y de defender los principios de la Declaración.

5. Además de la Declaración, recordamos los otros grandes logros de los últimos dos decenios en cuanto al desarrollo de un marco internacional para promover los derechos y aspiraciones de los pueblos indígenas del mundo, como el establecimiento del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, la creación del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el establecimiento del mandato del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas. Nos comprometemos a tener debidamente en cuenta las recomendaciones y el asesoramiento ofrecidos por esos órganos en cooperación con los pueblos indígenas. 

6. Alentamos a los Estados que todavía no han ratificado el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169)[3], de la Organización Internacional del Trabajo, o que no se han adherido a él, a que consideren la posibilidad de hacerlo. Recordamos que el Convenio impone a los Estados que lo ratifican la obligación de desarrollar una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de los pueblos indígenas.

7. Nos comprometemos a adoptar, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, medidas apropiadas a nivel nacional, incluidas medidas legislativas, administrativas y de política, para alcanzar los fines de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y promover que se conozca entre todos los sectores de la sociedad, incluidos los integrantes de los órganos legislativos, el poder judicial y la administración pública. 

8. Nos comprometemos a cooperar con los pueblos indígenas por medio de sus instituciones representativas a fin de definir y poner en práctica planes de acción, estrategias u otras medidas nacionales, según corresponda, para alcanzar los fines de la Declaración. 

9. Nos comprometemos a promover y proteger los derechos de las personas indígenas con discapacidad y a seguir mejorando sus condiciones sociales y económicas, por medios como la concepción de medidas específicas para incluirlas en los planes de acción, las estrategias o las medidas antes mencionados, en colaboración con las personas indígenas con discapacidad. Nos comprometemos también a velar por que las estructuras legislativas, políticas e institucionales nacionales relacionadas con los pueblos indígenas incluyan a las personas indígenas con discapacidad y contribuyan a promover sus derechos. 

 10. Nos comprometemos a trabajar con los pueblos indígenas para desglosar datos, según corresponda, o hacer encuestas y a utilizar indicadores holísticos del bienestar de los pueblos indígenas a fin de abordar la situación y las necesidades de los pueblos y las personas indígenas, en particular las personas de edad, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad.

11. Nos comprometemos a asegurar la igualdad de acceso a una educación de alta calidad que reconozca la diversidad de la cultura de los pueblos indígenas y a la salud, la vivienda, el agua, el saneamiento y otros programas económicos y sociales para mejorar el bienestar, mediante, entre otras cosas, iniciativas, políticas y el suministro de recursos. Nos proponemos empoderar a los pueblos indígenas para que lleven adelante esos programas en la medida de lo posible. 


12. Reconocemos la importancia de las prácticas de salud de los pueblos indígenas y su medicina y conocimientos tradicionales.

13. Nos comprometemos a asegurar que las personas indígenas gocen de igualdad de acceso al más alto nivel posible de salud física y mental. Nos comprometemos también a intensificar los esfuerzos para reducir las tasas de VIH y SIDA, malaria, tuberculosis y enfermedades no transmisibles dando prioridad a la prevención con programas, políticas y recursos adecuados para las personas indígenas, entre otros medios, y a asegurar su acceso a la salud sexual y reproductiva y los derechos reproductivos de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo[4], la Plataforma de Acción de Beijing[5] y los documentos finales de sus conferencias de examen. 

14. Nos comprometemos a promover el derecho de los niños indígenas, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma. 

15. Apoyamos el empoderamiento y el desarrollo de la capacidad de los jóvenes indígenas, incluida su participación plena y efectiva en los procesos de adopción de decisiones sobre los asuntos que les conciernan. Nos comprometemos a desarrollar, en consulta con los pueblos indígenas, políticas, programas y recursos, cuando corresponda, dirigidos a mejorar el bienestar de los jóvenes indígenas, en particular en los ámbitos de la salud, la educación, el empleo y la transmisión de los conocimientos, los idiomas y las prácticas tradicionales, y a adoptar medidas para promover el conocimiento y la comprensión de sus derechos.

16. Reconocemos que las instituciones de justicia de los pueblos indígenas pueden contribuir de manera positiva a dar acceso a la justicia y a resolver las controversias y fomentan las relaciones armoniosas en el seno de las comunidades de los pueblos indígenas y en la sociedad. Nos comprometemos a coordinar y mantener un diálogo con esas instituciones, allí donde existan.

17. Nos comprometemos a apoyar el empoderamiento de las mujeres indígenas y a formular y poner en práctica, en colaboración con los pueblos indígenas, en particular las mujeres indígenas y sus organizaciones, políticas y programas destinados a promover la creación de capacidad y a fortalecer su liderazgo. Apoyamos las medidas que aseguren la participación plena y efectiva de las mujeres indígenas en los procesos de adopción de decisiones a todos los niveles y en todos los ámbitos y eliminen los obstáculos a su participación en la vida política, económica, social y cultural. 

18. Nos comprometemos a intensificar nuestros esfuerzos, en cooperación con los pueblos indígenas, para prevenir y eliminar todas las formas de violencia y discriminación contra los pueblos y las personas indígenas, en particular, las mujeres, los niños, los jóvenes, las personas de edad y las personas con discapacidad, mediante el fortalecimiento de los marcos jurídicos, políticos e institucionales. 

19. Invitamos al Consejo de Derechos Humanos a que considere la posibilidad de examinar las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas, en consulta con el Relator Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas y otros titulares de mandatos de procedimientos especiales en el marco de sus respectivos mandatos. Invitamos también a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer a que examine la cuestión del empoderamiento de la mujer indígena en un futuro período de sesiones.

20. Reconocemos los compromisos contraídos por los Estados, en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de celebrar consultas y cooperar de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos. 

Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas 2.014 (ONU)
21. Reconocemos también los compromisos contraídos por los Estados, en la Declaración, de establecer a nivel nacional, conjuntamente con los pueblos indígenas concernidos, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente para reconocer, promover y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con las tierras, los territorios y los recursos. 

22. Reconocemos que los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas y las comunidades locales aportan una importante contribución a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica. Reconocemos la importancia de la participación de los pueblos indígenas, siempre que sea posible, en los beneficios de sus conocimientos, innovaciones y prácticas.

23. Nos proponemos trabajar con los pueblos indígenas para abordar los efectos que tienen o puedan tener en los pueblos indígenas los grandes proyectos de desarrollo, incluidos los relacionados con las actividades de la industria extractiva, entre otros fines para gestionar debidamente los riesgos. 

24. Recordamos la responsabilidad de las empresas transnacionales y otras empresas de respetar todas las leyes y todos los principios internacionales aplicables, incluidos los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en Práctica del Marco de las Naciones Unidas para “Proteger, Respetar y Remediar”[6], y de operar con transparencia y de manera responsable desde el punto de vista social y ambiental. A este respecto, nos comprometemos a adoptar nuevas medidas, según proceda, para evitar la vulneración de los derechos de los pueblos indígenas.

25. Nos comprometemos a desarrollar, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, y cuando proceda, políticas, programas y recursos para apoyar los oficios, las actividades de subsistencia tradicionales, las economías, los medios de vida, la seguridad alimentaria y la nutrición de los pueblos indígenas.

26. Reconocemos la importancia de la contribución que los pueblos indígenas pueden hacer al desarrollo económico, social y ambiental por medio de las prácticas agrícolas tradicionales sostenibles, incluidos los sistemas tradicionales de suministro de semillas, y el acceso a créditos y otros servicios financieros, a los mercados, a regímenes seguros de tenencia de la tierra, a los servicios sociales y de atención de la salud, a la educación, a la capacitación, a los conocimientos y a tecnologías apropiadas y asequibles, en particular para el regadío y la captación y el almacenamiento de agua.

27. Afirmamos y reconocemos la importancia de los lugares religiosos y culturales de los pueblos indígenas y de hacer posible el acceso y la repatriación de sus objetos de culto y de restos humanos de conformidad con los fines de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Nos comprometemos a establecer, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, mecanismos justos, transparentes y eficaces para el acceso y la repatriación de objetos de culto y de restos humanos a nivel nacional e internacional. 

28. Invitamos al Consejo de Derechos Humanos a que, teniendo en cuenta las opiniones de los pueblos indígenas, revise los mandatos de sus mecanismos ya existentes, en particular el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, durante el sexagésimo noveno período de sesiones de la Asamblea General, con miras a modificar y mejorar el Mecanismo de Expertos de manera que pueda promover más eficazmente el respeto de la Declaración, entre otras cosas ayudando mejor a los Estados Miembros a seguir de cerca, evaluar y mejorar el logro de los fines de la Declaración. 

29. Invitamos a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos a examinar la Declaración en el marco de sus respectivos mandatos. Alentamos a los Estados Miembros a que incluyan, según proceda, información sobre la situación de los derechos de los pueblos indígenas, incluidas las medidas adoptadas para alcanzar los objetivos de la Declaración, en los informes que presentan a esos órganos y en el proceso del examen periódico universal.

30. Acogemos con beneplácito la contribución cada vez más importante de las instituciones nacionales y regionales de derechos humanos al logro de los fines de la Declaración. Alentamos al sector privado, la sociedad civil y las instituciones académicas a que contribuyan activamente a promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas. 

31. Solicitamos al Secretario General que, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, el Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas y los Estados Miembros, ponga en marcha la elaboración, dentro de los límites de los recursos existentes, de un plan de acción para todo el sistema que asegure un enfoque coherente para lograr los fines de la Declaración, y que informe a la Asamblea General en su septuagésimo período de sesiones, por conducto del Consejo Económico y Social, sobre los progresos realizados. Invitamos al Secretario General a que asigne, antes de que termine el septuagésimo período de sesiones de la Asamblea, a un alto funcionario del sistema de las Naciones Unidas con acceso a los más altos niveles de adopción de decisiones del sistema la responsabilidad de coordinar el plan de acción, crear mayor conciencia sobre los derechos de los pueblos indígenas al más alto nivel posible y aumentar la coherencia de las actividades del sistema a este respecto.

Pueblo Emberá
32. Invitamos a los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, así como a los coordinadores residentes, a que, según proceda, cuando se les solicite, apoyen la ejecución de planes de acción, estrategias y otras medidas nacionales para alcanzar los fines de la Declaración, en consonancia con las prioridades nacionales y los Marcos de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo, si los hubiera, mediante una mejor coordinación y cooperación. 

33. Nos comprometemos a examinar, en el septuagésimo período de sesiones de la Asamblea General, la forma de hacer posible la participación de representantes e instituciones de los pueblos indígenas en las reuniones de los órganos pertinentes de las Naciones Unidas sobre los asuntos que les conciernan, incluida toda propuesta concreta formulada por el Secretario General en respuesta a lo solicitado en el párrafo 40 del presente documento final. 

34. Alentamos a los Gobiernos a que reconozcan la importante contribución de los pueblos indígenas a la promoción del desarrollo sostenible a fin de lograr un justo equilibrio entre las necesidades económicas, sociales y ambientales de las generaciones presentes y futuras y la necesidad de promover la armonía con la naturaleza para proteger nuestro planeta y sus ecosistemas, a los que en múltiples países y regiones se denomina la Madre Tierra.

35. Nos comprometemos a respetar las contribuciones de los pueblos indígenas a la ordenación de los ecosistemas y el desarrollo sostenible, incluidos los conocimientos acumulados a través de la experiencia en la caza, la recolección, la pesca, el pastoreo y la agricultura, así como sus ciencias, tecnologías y culturas. 

36. Confirmamos que los conocimientos y las estrategias de los pueblos indígenas para conservar su entorno han de respetarse y tenerse en cuenta cuando definamos los enfoques nacionales e internacionales para mitigar el cambio climático y adaptarnos a él. 

37. Hacemos notar que los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y establecer las prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En este sentido, nos comprometemos a tener debidamente presentes todos los derechos de los pueblos indígenas al elaborar la agenda para el desarrollo después de 2015.

38. Invitamos a los Estados Miembros y alentamos activamente al sector privado y otras instituciones a que hagan contribuciones al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas, el Fondo Fiduciario para el Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, el Fondo de Apoyo a los Pueblos Indígenas y la Alianza de las Naciones Unidas con los Pueblos Indígenas como medio de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas en todo el mundo. 

39. Solicitamos al Secretario General que incluya información pertinente sobre los pueblos indígenas en su informe final sobre el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

40. Solicitamos al Secretario General que, en consulta con el Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas y los Estados Miembros, y teniendo en cuenta las opiniones expresadas por los pueblos indígenas, informe a la Asamblea General en su septuagésimo período de sesiones sobre la aplicación del presente documento final y que en el mismo período de sesiones presente, por conducto del Consejo Económico y Social, recomendaciones sobre la manera de utilizar, modificar y mejorar los mecanismos de las Naciones Unidas ya existentes para alcanzar los fines de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, medios para lograr un enfoque mejor y más coherente en todo el sistema para alcanzar los fines de la Declaración, y propuestas concretas para hacer posible la participación de representantes e instituciones de los pueblos indígenas, sobre la base de su informe sobre medios para promover la participación en las Naciones Unidas de los representantes de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan[7].

NOTAS
[1] A/67/994 , anexo
[2] Resolución 61/295 , anexo.
[3] Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1650, núm. 28383.
[4] Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo.
[5] Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo II.
 [6] A/HRC/17/31 , anexo.

[7] A/HRC/21/24 

Niños y Sociedad



No puede haber una revelación más intensa del alma de una sociedad, que la forma en la que trata a sus niños.
Nelson Mandela

Fotografía: Salvemos el Amazonas.

lunes, 29 de septiembre de 2014

Una palabra…Una mirada


Una palabra no dice nada
y al mismo tiempo lo esconde todo
igual que el viento que esconde el agua
como las flores que esconde el lodo.
Una mirada no dice nada
y al mismo tiempo lo dice todo
como la lluvia sobre tu cara
o el viejo mapa de algún tesoro.
Una verdad no dice nada
y al mismo tiempo lo esconde todo
como una hoguera que no se apaga
como una piedra que nace polvo.
Si un día me faltas no seré nada
y al mismo tiempo lo seré todo
porque en tus ojos están mis alas
y esta la orilla donde me ahogo,
porque en tus ojos están mis alas
y esta la orilla donde me ahogo.

Carlos Varela


domingo, 28 de septiembre de 2014

Cestería Guaraní


Fuente:
ARTESANÍA INDÍGENA. ENSAYO ANALÍTICO
Obra de BRANISLAVA SUSNIK
(Enlace a datos biográficos y obras
En la GALERÍA DE LETRAS del
www.portalguarani.com )
© BRANISLAVA SUSNIK – FUNDACIÓN LA PIEDAD
© Editorial El Lector,
Director Editorial: Pablo León Burían
Tapa: ROBERTO GOIRIZ,
Composición y armado: Fátima Benítez,
Fotos: HOMERO SOLALINDE,
Asunción – Paraguay, 1998 (145 páginas).

La cestería caracteriza a los pueblos cultivadores del área tropical, en pleno contraste con el área chaqueña, donde predomina, funcional y ornamentalmente, la bolsa en labor de red de fibras de "caraguatá". Los antiguos Guaraníes manufacturaban cestos por simple necesidad inmediata o ya cestos más duraderos con alguna expresión ornamental. Entre los modernos Guaraníes pueden observarse tres tipos de cestos: el "ayaka" de los Mbyás, el "yru agwé" de los Chiripás y el "mynak
ũ/panakú" de los Pañ-Tavyterã; el "ayaka" representa un típico cesto de difusión pan-amazónica. En las antiguas aldeas de los Guaraníes, el cesto, la criba y el "tipiti", estrujador de la mandíoca amarga, simbolizan el verdadero "aguiyé-bienestar" subsistencial.

Entre los guaraníes hay tres tipos de cestos: el "ayaká" de los Mbyás; el "Yrú-agué" de los Chiripás y el "Pynakú" de los Pañ Tavyterá.
Para confeccionar el cesto "ayaká", los Mbyás emplean las tiras de "takwarembó" (Chusquea ramosissima), anchas unos 5 milímetros, y la corteza de "gwembepi" (Phylodendron), cuando quieren tener cestos ornamentados. La técnica es un simple entretejido tupido; la forma es casi cilíndrica, con algo de ensanche hacia arriba; unos listones de caña se colocan como refuerzo por debajo del fondo del cesto, subiendo por la parte exterior y luego bajando por la interior hasta la mitad de la altura del cesto; el borde suele reforzarse con el listón de "agwaí" y recubrirse con las tiras de "gwembepí"; el tamaño de cestos varía según su función. La ornamentación en la cestería es una de las más abiertas expresiones estéticas de los Mbyá-Guaraníes -estos tradicionalmente más cesteros que ceramistas-, en cuanto la misma técnica y la materia empleada, "takwarembó" y "gwembepí" negro, permiten las variaciones. El mismo "señor de la roza, de la tierra nueva", el Yakairá, usaría, según la tradición mitológica, el "ayaká", ornamentado. En los cestos representativos, de unos 40 cmts. de altura, corre bajo el borde superior una franja de 10 cmts. de ancho, en la que alternan las tiras de "takwarembó" y de "gwembepí" a modo de formar losanges negras; el interior de la losange se llena de cuadritos negros y blancos a manera de un damero. Los cestos más pequeños tienen toda la superficie ornamentada con motivos geométricos diferentes, losanges, líneas triangulares, a veces hexágonos o paralelogramos, predominando una disposición asimétrica, a veces una expresión individual del hombre cestero. El mismo tipo de "ayaká" tenía a veces la forma circular, de 20 cmts. de altura y diámetro, con la tapa correspondiente, y siempre con una profusa ornamentación entre "takwarembó" y "gwembepí"; según la tradición, tales cestillos podían servir para guardar los adornos plumarios o ya para los huesos de las criaturas muertas en espera de una "nueva vida". Los Mbyás siempre siguieron apegados a este tipo cestero-ornamental; llegaron a revestir en tal técnica rebenques, mazas, mangos de escoba y cualquier objeto de madera; y también adoptaron nuevas formas de cestos y cestillos por simples fines de truenque. No obstante, el tipo de "ayaká" nunca llegó a integrarse a la artesanía criolla, quedando una expresión étnico-artesanal de los Mbyá-Guaraníes.

El cesto "yru'agwé" de los Chiripás es más utilitario y de poca duración; se trata de una modalidad cestera propia de los Chiripás --éstos siendo antiguamente más ceramistas que cesteros--; por otra parte hay que tener presente el factor del proceso de deculturación, cuando se imponen técnicas y formas más simples. El "yru-agwé" es hecho de hojas pinadas de la palma pindó (Cocus Romanzoffianum), de forma algo triangular; la materia prima determina la técnica del entretejido diagonal; el ranquis de la hoja sirve de canto del cesto, reforzando, a veces, con las tiras de "gwembepí”; las hojuelas del fondo del cesto se recogen en una trenza interior o exterior, pasando hasta la mitad de la altura del cesto. Los hojuelas se entrepasan de dos por dos, pero unos 10 cmts. antes de reunirse en la trenza del fondo, el entretejido abarca una sola hojuela, formando el así llamado "tatú rape", el camino del "tatú", que da una mayor solidez al fondo. Los pequeños cestillos triangulares, siempre de hojas pinadas de "pindó", servían de estuches para guardar plumas para los adornos plumarios.

Cestillos redondos Mbya Guaraníes
Entre los Pañ-Tavyterã, el cesto más común es "mynakũ/panakú", de una sola hoja de palma, correspondiendo al tipo de cestos elongados para transportar cargas de los Itatines-Guarayos antiguos. Se conserva la tradición del tipo cestero "ayaká", si bien éste ya no constituye una expresión artesanal Pañ-Guaraní. Los emigrantes Chiriguanos del siglo XVI abandonaron la tradicional cestería guaraní, debiendo adaptarse al nuevo hábitat andino y asimilando las pautas chané-arawak pre-andinas.

Todos los Guaraníes prestan mucha atención a las cribas, "yrupé", un elemento infaltable en las antigua casas comunales para tamizar la harina de mandioca, maíz y hasta de meollo de palma; se confeccionan con las tiras de "takwarembó", entramándose las tiras de dos por dos, más o menos distanciales; de cerco sirve un listón de madera liviana, entre los Mbyás ornamentando con el revestimiento de "gwembepí".
En la misma técnica de entretejido de "takwarembó" se manufacturaban los "tapití", los estuches enlogados, que servían para estrujar la mandioca brava, eliminar su substancia venenosa y preparar la tradicional "harina" de mandioca, uno de los elementos subsistenciales de las sociedades neolíticas. La imposición de la mandioca "dulce", sea dentro del ambiente subsistencial de los Guaraníes coloniales, o ya por simple adaptación utilitaria de los "Guaraníes Monteses", influyó en el abandono del "tapití", una antigua expresión del cultivo guaraní de mandioca amarga (Manihot utilísima).

Los grandes cestos de los Aché-Guayakiés, "náko", se confeccionan en la técnica de entretejido diagonal de una hoja de palma "pindó", sirviendo el ranquis de la hoja de armazón, acondicionando de esta manera la forma de una "U" del mismo cesto; las hojuelas de una mitad de la hoja abarcan siempre dos hojuelas de la otra mitad. La parte posterior termina en forma de un abanico que, plegándose, forma una "tapadera". Cada cesto tiene una banda ancha de 15 a 20 cmts., de forma elipsoidal, hecha en un entramado de fibras de "samuhú" (Ceiba pubiflora) o de fibras sacadas de la parte baja del mismo raquis de "pindó"; la mujer guayakí se pone esta banda, "nakochá", sobre la cabeza, quedando la parte del cesto apoyada sobre su espalda.
Los cazadores guayakíes siempre poseen sus "pepó yawa", estuches trenzados de hojas de palma "pindó" para guardar las plumas. No faltan las esteras "pindó kyrabwé"; un borde lo constituye el raquis de la hoja, el borde opuesto se afirma con el trenzado de las hojuelas. Las "kromi-piá", las bandas de forma elipsoide, para llevar a criaturas, son manufacturadas en técnica del trenzado de hilo doble, empleándose con preferencia las fibras de Ceiba pubiflora. La mujer guayakí de más prestigio socio-laboral suele destacarse como la cestera de "mano leñosa".

Cestería Guaraní, escrito de Branislava Susnik
El tipo de la cestería guaraní no se integró a la artesanía criolla, lo que es comprensible a causa de la misma manera de "llevar carga"; en la época histórica exigíase el "trabajo" del Guaraní; la simbiosis culturo-artesanal sujetábase a las pautas utilitarias de la sociedad colonial por una parte, y por otra, vióse afectada por las propias consecuencias psicológicas de los "indios" deculturados y asimismo des-socializados; los Guaraníes "Monteses" libres seguían con su módulo subsistencial y manufactural; la ornamentación del "ayaká" es una expresión ornamental guaraní y no falta una competencia individual dentro del mismo "ñandéva" comunitario. Por otra parte, los Mbyás -e históricamente también los Chiripás y los Pañ-Tavyterãs-, adoptaron la confección de sombreros, nunca para su uso, sino para algún trueque beneficioso; se trata de elemento cultural por la difusión jesuítico-misional. Interesante es la aplicación de la antigua técnica del trenzado y la ornamentación. Se hacían sombreros de una paja especial, parecida a la fibra de "pindó". La confección empieza por el centro de la copa con un pequeño disco de calabaza con sus agujeros alrededor; de los mismos se atan las tiras de "gwembepí", con las cuales van envolviéndose y asegurando los manojillos de la mencionada paja, llevándose en espiral. De esta manera, el sombrero tiene un color básico amarillo, rayado de negro de "gwembepí". Eran frecuentes también los sombreros simples, hechos solamente de tiras de "gwembepí".

Los Guaraní en la actualidad.

Investigación de José Javier Rodas – 10 de Septiembre de 2.012

Los Mbya-Guaraní viven en Argentina (Misiones), Paraguay y Brasil. En los tres países "bicentenarios" se autodenominan como Mbya.
En Argentina (Misiones) son aproximadamente 5.500 (Mapa Guaraní Retã 2.008), en Paraguay 14.400 (Censo Nacional 2.002) y en Brasil entre 5.000 y 6.000 (Instituto Socioambiental).
El total sería entonces de 25.900 personas MBYA GUARANÍES.

Los Pãi-Tavyterã se denominan así en Paraguay, en tanto que en Brasil se denominan Guaraní Kaiowã. En Paraguay son 13.200 (Censo 2.002), en tanto que en Brasil según el Mapa Guaraní Retã sumaban en 2.008 un total de 29.711 pobladores
El total sería entonces de 42.911 personas PAI-TAVYTERÁ-GUARANI KAIOWA.
 
Niña Aché . Foto: Tamara Migelson
Los Aché es la parcialidad que fue sistemáticamente diezmada en el Paraguay. Actualmente viven solo dicho país solo en seis comunidades. Según el Mapa Guaraní Retã 2.008 los ACHÉ suman un total de 1.210 pobladores.

Los Avá Guaraní (Argentina en Salta/Jujuy/Misiones/Paraguay), Ava Katú Eté (Paraguay)
y Ñandéva (Brasil) suman: Censo 2002 en Paraguay 13.500 personas, el Mapa Guaraní Retã dió un total de 11.938 pobladores Ñandeva en Brasil , en Misiones 1.000 pobladores (Miguel Bartolomé - Antropólogo) . En cuanto a Bolivia se encuentran en los departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando y la cifra poblacional ascendía a 36.900 en el año 2.000, fuente:
(http://eprints.rclis.org/13555/1/Glosario_pueblos_indigenas.pdf) 
De los guaraní de Salta y Jujuy (que despectivamente había sido llamados de chiriguanos) la Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) 2004-2005, complementaria del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2.001, dio como resultado un total de 17.592 personas que se reconocen o descienden en primera generación de dicho grupo originario.
Entonces el total de pobladores AVA GUARANÍ / ÑANDEVA sería de no menos de: 80.930 pobladores.


Resumiendo Total de Población: 150.951 habitantes GUARANÍES.

Madre Tierra, Madre Estrella



Madre Tierra, Madre Estrella,
a la que llaman con mil nombres,
que todos recordemos que somos células en
tu cuerpo y dancemos juntos.
Eres el grano y la hogaza que nos
sustentan cada día.
Y eres paciente con nuestros esfuerzos por
aprender.
También seremos pacientes con nosotros mismos
y unos con otros.
Somos luz radiante y tinieblas sagradas, el equilibrio….
Tú eres el abrazo que fortalece
y la libertad más allá de todo temor.
En tu seno nacemos, crecemos, vivimos y morimos…
Nos llevas alrededor del círculo para renacer,
danzas dentro de nosotros.
Para siempre.
Gráfico: La felicidad en los caminos

sábado, 27 de septiembre de 2014

Soñar (en Jasy Porã y su Escuela)



Hay que dormir con los ojos abiertos, 
hay que soñar en voz alta, 
hay que cantar hasta que el canto eche raíces, 
tronco, ramas, pájaros, astros, 
echar abajo las paredes entre el hombre y el hombre; 
soñar hacia adentro y también hacia afuera... 


Octavio Paz

Futura Lumna en Jasy Porã. Fotografía: Alejandra Morales 

En la Cultura Mbya Guaraní los dioses se comunican con los chamanes a través de Sueños…

241 Pueblos Indígenas en Brasil


Hablar de este país es hacerlo de casi la mitad de los pueblos originarios existentes en los países de habla no inglesa y francesa del continente americano. Según el censo de 1991 el porcentaje de indígenas en relación a la población total brasileña era de 294.000 personas, pero la nueva encuesta censal del año 2000 elevaba a los 734.000 el número de quienes se auto identificaron como indígenas, la mayor tasa de crecimiento entre todas las categorías de color o raza en una población total de 184 millones.[1]
Que en diez años se triplicase la cifra sólo se puede explicar por razones que van más allá del crecimiento vegetativo, en especial por la autoafirmación indígena de una parte de la población urbana que en el censo anterior no se había identificado como tal. Un dato que refuerza esta hipótesis es que el número de indígenas que se estimaba residente en ciudades o capitales era del 12% mientras que en el año 2000 el porcentaje ascendía al 18’1%.

Pueblos Originarios de Brasil: Fotos Renato Soares
Hay 241 pueblos indígenas en Brasil: aikaná, ajuru, akuntsú, amanayé, amawáka, amondawa, anambé, aparai, apiaká, apinaye, apuronâ, arapáso, arara, araweté, arikapu, ariken, arikosé, aripuaná, aruá, ashaninka, assurini, atikum, ava-canoeiro, awá, aweti, bakairi, banavá-jafí, baniwa, barasona, baré, bocotudo, bororo, cinta larga, cocal, deni, desana, diahoi, enawené-nawê, fulni-ô, guajá, guajajara, guarany-kaiwá o nhandéwa, guaraní-mbyá, guató, galibi, galibi-marworno, gavião, hahaintsú, himarima, hixkaryana, ikpeng, ingaricô, irantxe, issé, jabuti, jamamadi, jaminawa, jarawara, javae, jenipapo, jeripancó, jihaui, juma, juriti, juruna, ka’apor, kadiwéu, kaingang, kaixana, kaimbé, kalabassa, kalapalo, kalibi, kalina, kamayurá, kamba, kambeba, kambiwá, kanamanti, kanamari, kanela, kanindé, kanoê, kantaruré, kapinawá, karafawyána, karaja, karapana, karipuna, kariri, kariri-wucuru, kariri-xocó, karitiana, karo, katawixi, katitaulú, katukina, katwená, kaxarari, kaxinawá, kaxixó, kaxuyana, kayabi, kayapó, kayuisna, kiriri, kiriri-barra, kisedje, kobema, koiala, kokama, korubo, kubeo, kujubim, kulina, kuikuro, kinikinawa, kraho, kreen-akarôre, krenak, krikati, kwaza, macuxi, maku, makuna, makuráp, makuxi, manairisu, mapidiam, manxinéri, marimam, marubo, matipu, matis, matses, mawaiâna, mawé, mayoruna, maxakali, maxineri, mehináko, mekén, metuktire, miguelem, miranha, miriti, munduruku, mura, mutum, mynky, nafukuá, nambikwara, naravute, nawa, nukuni, ofaié, orowin, paiter, pakaanova palikur, panará, pankararú, parakanã, pareci, parintintin, patamona, pataxó, pataxó hã hã hãe, paumari, paumelenho, pirahâ, pira-tapúya, pitaguari, potiguara, poyanawa, rikbaktsa, sakirabiap, saturé-mawé, shanenawa, suriána, suruí, suyá, suruí, tabajara, tapayuna, tapeba, tapirapé, tapuya, tariána, taurepang, tembé, tenharin, terena, timbira-gavião, tingui-botó, tiriyó, torá, tucano, tukúna, tupari, tupinambá, tupiniquim, turiwara, tuxá, tuyúca, tremembé, trumai, truká, umutina, uru eu wau wau, urupá, waiãpi, waimiri-atroari, waiwái, wapixana wanana, warekena, wassú, wuaura, wayampi, wayána-apalai, yamamadi, yanomami, yawalapiti, yawanáwa, ye’kuana, xakriabá, xavante, xerente, xeréu, xeta, xipaya, xiquitano, xocó, xokleng, xucuru, zo’e, zoró y zuruahâ.

Los pueblos juma, diahoi, karipuna, ava-canoeiro, aruá, arara, kraho, tapayuna, galibi, patamona, barasona, karapana, makuna, siriána, miriti, arikapu, kujubim, orowin, mynky, kanoê, kwaza, tuxá, xeta y ofaié cuentan con menos de un centenar de integrantes, mientras que los pankararú, trumai, maku, jabuti, kulina, zuruahâ, paumari, jarawara, banavá-jafí, matipu, aweti, zo’e, assurini anambé, amanayé, apiaká y uru eu wau wau no llegan a los doscientos miembros cada uno. Esto significa que una cuarta parte de los pueblos indígenas de Brasil está en una situación extremadamente frágil y vulnerable, con grandes posibilidades de extinción en un futuro no muy lejano. De estos pueblos sólo los ofaié, xeta, kalabassa, tuxá y pankararú viven fuera de la Amazonía y hay uno, el ava-canoeiro, que tiene su hábitat dentro y fuera del territorio amazónico indistintamente. Este pueblo tiene ya prácticamente extinguida su lengua dado que en el momento del censo sólo la hablaban 20 personas, mientras que en otros como los akuntsú y juma hablan sus lenguas menos de una treintena de personas en cada uno.

También hay evidencias de algunas decenas de pueblos aislados (unos los cifran en 22, otros en 46) aunque existen discrepancias sobre si son en realidad pueblos o grupos de pueblos que han huido de rancheros y madereros. La Fundación Nacional del Indio considera que algunos de estos grupos son kanoê y mekén, sobrevivientes de ataques a sus aldeas que se internaron en partes impenetrables de la selva en 1995. En Brasil de considera “indios isolados” a aquellas sociedades indígenas sobre las cuales se tiene poca o ninguna información y que evitan mantener contactos regulares “y pacíficos” con otros pueblos de la “sociedad nacional”.

En el Xingu - Foto: Renato Soares
La forma de vida de los pueblos indígenas en Brasil es muy variada, hay quienes mantienen una cultura selvática autosuficiente con mínimo contacto con el exterior y les hay que a través de la agricultura y de otras formas de producción se han relacionado intensamente con el mundo no-indígena, un proceso que se viene dando desde hace una treintena de años como consecuencia de la expansión del proyecto industrial y desarrollista acelerado e impulsado por los gobiernos militares entre los años 60 y 80. Como respuesta al mismo, que invadía los territorios ancestrales, los indígenas iniciaron un proceso de movilización y asociación que les ha llevado a participar en la vida política del país como sujetos activos. Ante este hecho, el gobierno no tuvo más remedio que constituir la Fundación Nacional del Indio en 1967 con unos criterios paternalistas hasta el extremo de constituirse en “tutor legal” de los indígenas, como se ha indicado al principio de este libro al relatar el caso del xavante nombrado presidente del Tribunal Russell. Durante las dictaduras militares, un general fue el presidente de la FUNAI y la misión de esta institución era “integrar al indio en el menor espacio de tiempo para no estorbar el desarrollo nacional”, dividiendo a los indígenas en “silvícolas” y “aculturados”. Los primeros tenían algún tipo de derechos, como impedir su muerte a manos de hacendados codiciosos o explotadores de minas sin escrúpulos junto a una mayor prevención ante enfermedades contagiosas o la aparición de casos de hambre como resultado de las modificaciones que los especuladores, públicos y privados, provocaban en sus tierras pero no como política de defensa hacia ellos sino con la finalidad de “conservarlos vivos” para que pudiesen “participar” en el proyecto de desarrollo nacional. Los “aculturados”, antaño llamados “salvajes”, no tenían derecho alguno.

La situación se mantuvo sin cambios hasta 1987. Hubo, como es lógico, resistencias abiertas de sectores “indigenistas” de la sociedad brasileña y de los propios indígenas, significándose los del Mato Grosso. Dividido en norte y sur, en los dos Estados del mismo nombre habitan 51 pueblos indígenas, la cuarta parte de los existentes en Brasil. Y son ellos quienes inician un proceso de asociación reivindicando la adopción de medidas políticas capaces de asegurar la continuidad de sus tierras y tradiciones. Es la primera vez que los indígenas hablan por sí mismos, sin contar con los “intermediarios” indigenistas anteriores, fuesen misioneros o antropólogos. Surge así la Unión de Nacionalidades Indígenas que logra modificar esas ansias de integración desarrollista, pero es respondida por el reforzamiento de la FUNAI, a quien se le otorga un nuevo objetivo: establecer los “criterios de indianidad”.

De nuevo la resistencia, pero en esta ocasión ya había desaparecido la dictadura militar y estaba en marcha un proceso constituyente (1988) que superaba la doctrina de “asimilación natural” impuesta por los militares y reconocía “con carácter permanente” derechos originales inherentes de los pueblos indígenas por su condición de ocupantes históricos iniciales y permanentes de sus tierras: organización social, costumbres, lenguas, creencias y tradiciones, y los derechos originarios sobre las tierras que originalmente ocupan, “competiendo a la Unión demarcarlas, proteger y hacer respetar todos sus bienes”.[2] No sólo se reconocía la obligación del Estado de demarcar, proteger y respetar las tierras sino que al considerar las mismas como parte de los derechos originales de los pueblos indígenas se reconocía que estos derechos anteceden todo acto administrativo del gobierno.

¿Victoria de los pueblos indígenas? En absoluto. A pesar de este reconocimiento expreso, la Constitución establece que es el Congreso quien tiene toda la potestad de legislar cuestiones tan sensibles como autorizar la explotación de recursos naturales de áreas indígenas. La cuestión recurrente en todo el mundo. Y, a pesar de ello, dada la estructura federal de Brasil son los gobiernos de los Estados quienes, en la práctica, vienen a tener la última palabra y la ejercen en muchos casos, por ejemplo, con la creación de nuevas municipalidades que se insertan en áreas indígenas para crear focos de población nueva e iniciar planes para el desarrollo de esa nueva área metropolitana. De esta forma si no se viola la Constitución, al menos se la rodea y, por supuesto, erosiona.

Pero, además, el nuevo ordenamiento jurídico se pegó un tiro en el pie al mantener la diferenciación de los pueblos indígenas impuesta por las dictaduras militares de “silvícolas” y “aculturados” en el Código Civil. En él se incluye a los “silvícolas” en la categoría de “incapaces relativos” junto con los del grupo de 16 a 21 años. Esta incapacidad legal no impide que posean los derechos comunes, de propiedad, reunión, tránsito, etc.; y están protegidos por una presunción legal. Esta incapacidad se extingue en la medida en que los indígenas “silvícolas” se adaptan a la “civilización del país”. La tutela era ejercida por la FUNAI. Así lo regulaba el Estatuto del Indio, también de la etapa militar (1973), y subdividía a los indígenas en “aislados”, en “vías de integración” e “integrados”.[3] Este estatuto se mantuvo vigente ¡hasta el año 2008! Ni qué decir tiene que fue la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por la Asamblea General de la ONU en el año 2007 quien provocó la reacción del gobierno en ese sentido, que se justificó por la tardanza en hacerlo argumentando que al aprobarse la Constitución se habían incorporado a su articulado la facultad de que comunidades y organizaciones indígenas pudiesen iniciar juicios en defensa de sus intereses y derechos, lo que suponía, de hecho, la inexistencia del precepto de tutela legal recogido en el Código Civil.
Foto: Amazonia Brasileira
Leyes favorables, situaciones injustas. La doble cara de la moneda, el binomio fatal para todas las poblaciones originarias del continente. Los pueblos indígenas en Brasil se enfrentan a problemas legales y a una desastrosa situación sanitaria y nutricional. No es algo nuevo para ellos, aunque sí el hecho de que el Estado confirmase ya en 1995 –sobre una base de estudio de 300.000 indígenas, la casi totalidad de los censados entonces (ver arriba)- que dos terceras partes de ellos se encontraban en “situación grave” en cuanto a salud, alimentación y educación y que en 198 de las 297 áreas estudiadas había problemas de invasión de tierras, destrucción del medio ambiente y contaminación por el ejercicio de actividades mineras y agropecuarias.

La Constitución tenía ya casi una década de vigencia. Su articulado establece que las áreas indígenas son “bienes” de Brasil y están sujetas a la jurisdicción federal aunque, al mismo tiempo, se reconocen los derechos originales de los indígenas sobre ellas, derechos que anteceden a los del Estado. Reconoce también que sobre las tierras les cabe a los indígenas posesión permanente y usufructo exclusivo del suelo, ríos y lagos, así como la participación en los beneficios de la explotación de las riquezas del subsuelo, hídricas y energéticas. La contradicción es evidente. Si el Estado se reserva la potestad sobre estas tierras, a los indígenas les queda poco margen de autonomía –sin hablar de nula autodeterminación- sobre ellas. La cuadratura del círculo se logra con la clasificación de las tierras en “ocupadas” y “reservadas”. Sólo de éstas últimas son los verdaderos propietarios y sobre las que deciden. Pero es el Estado quien decide cuál es cuál.

Se calcula que en Brasil las tierras indígenas suponen unos 100 millones de hectáreas y sobre algo menos de la mitad tendrían estos pueblos algún reconocimiento jurídico de propiedad que, en la práctica, se ve continuamente amenazada, usurpada o reducida por distintas acciones. En primer lugar por las invasiones e intrusiones ilegales de madereros, mineros, agricultores o para asentamiento de pobladores no indígenas. En segundo lugar, por ataques judiciales y políticos contra la estabilidad de los derechos ya establecidos o de la consolidación de aquellos en proceso. Se llegó a dar el caso que un Estado, el de Roraima, ofreció asesoramiento legal gratuito a los reclamantes de tierras de los ingaricô, macuxi, patamona, taurepang, waimiri-atroari, wapixana, waiwaí, yanomami y ye’kuana. El hecho de que muchas de esas reclamaciones fuesen desestimadas por la FUNAI y la justicia no quita valor a la actitud del Estado de Roraima en contra de los indígenas. En segundo lugar, por decisiones de establecer infraestructuras de caminos, obras públicas o de energía sin el debido acuerdo de las poblaciones indígenas afectadas.

Se ha dicho antes que una de las formas de burlar los derechos reconocidos en la Constitución es la creación de nuevas municipalidades que se insertan en áreas indígenas para crear focos de población nueva e iniciar planes para el desarrollo de esa nueva área metropolitana. En estos momentos es uno de los principales escollos que dificultan la aplicación firme de los preceptos constitucionales y legales sobre tierras indígenas dado que se realizan en zonas total o parcialmente reclamadas y/o demarcadas como áreas indígenas. Se desconoce la estructura de gobierno indígena al tiempo que se acentúa o se intenta la división entre ellos al cooptar a alguno de los dirigentes de la comunidad para participar en el gobierno municipal, lo que conlleva privilegios y el consiguiente abandono de la cultura, lengua y tradición por no hablar de una nueva visión de la tierra ligada a su enriquecimiento personal. Ello favorece la adopción de medidas para legalizar a los ganaderos o agricultores que habían invadido las tierras de los pueblos originarios, creando focos de conflicto permanentes y provocando enfrentamientos armados. Algunos de los pueblos que han recurrido a ellos para defender sus tierras son xucuru y guaraní.[4] Los indígenas afirman que si bien en un primer momento los invasores manifestaron que sólo querían criar ganado no pasó mucho tiempo para que empezaran a cometer ataques contra ellos, impidiéndoles criar, pescar y cazar donde lo hacían ancestralmente. Igualmente demolían sus casas y cultivos llegando en muchas ocasiones al asesinato. Además “los garimpeiros trajeron al área indígena enfermedades, alcoholismo, prostitución, destrucción del medio ambiente y contaminación de los ríos”.[5] A ellos les matan y ellos también han matado, en mucha menor proporción, desde luego. La lucha, no sólo armada sino bloqueos de carreteras para evitar la llegada de suministros a los invasores y los recursos a todo tipo de instancias judiciales, nacionales e internacionales, ha logrado reducir algo este tipo de acciones intrusivas.

Amazonia. Foto: Karla Freitas
El tema de los garimpeiros (obreros mineros que buscan todo tipo de piedras preciosas, fundamentalmente oro, diamantes y esmeraldas utilizando para ello la técnica del aluvión, que arrasa laderas, y usando mercurio como sustancia que amalgama el oro) es de especial gravedad en Brasil. Los yanomani son testigos de ello. Ya en 1989 se detectaron comunidades de yanomani que presentaban niveles de contaminación por mercurio muy superiores a lo considerado aceptable por la Organización Mundial de la Salud. Pues bien, lejos de mejorar su situación, ha empeorado. A pesar de haberse demarcado y homologado su territorio, sigue siendo invadido de forma incesante por los garimpeiros que trabajan solos pero financiados, abastecidos y apoyados políticamente por grupos de capacidad financiera y peso político en el país, y particularmente en los Estados de Amazonas y Roraima. Si eso no fuese así no se entendería la existencia de pistas de aterrizajes clandestinas como las que periódicamente se descubren.
El año 2002 se produjo el triunfo electoral de Luiz Inácio “Lula” da Silva en las elecciones presidenciales y generó grandes expectativas entre el movimiento indígena. Una de sus primeras medidas fue la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Se esperaba una acción rápida y decidida en favor de la demarcación de tierras y protección de sus recursos naturales junto a un tratamiento preventivo de la violencia de que seguían siendo víctimas y la aplicación de medidas eficaces para reducir la impunidad de todo tipo gubernamental, policial y judicial existente en el país a la hora de condenar a violadores de los derechos humanos de los pueblos indígenas. Los conflictos por la tierra se generalizaron en todo el país: los dos Mato Grosso, Pernambuco, Bahía, Roraima… Los sectores anti-indígenas pensaron que el nuevo gobierno iba a favorecer a los indígenas y pretendieron situarle ante unos hechos consumados. Sin embargo, era un temor infundado. La negativa de “Lula” a firmar la ratificación de las tierras de Raposa-Sierra do Sol (véase nota más abajo) dejaba bien a las claras la apuesta del nuevo gobierno por mantener no ya el modelo económico, sino el no enfrentamiento con los sectores económicos, políticos y financieros que habían hecho campaña en su contra. “Lula” quería estabilidad y sólo la iba a conseguir renegando, una vez más, de lo planteado en la campaña electoral respecto a los indígenas. La política de “frases bellas”, como fue calificada, contra la de hechos duros y crudos.

No sólo era “Lula” o su gobierno quien no cumplía, sino la FUNAI. Los pueblos kayapó, mundurukú, parintintin, tenharin, karitiana, karipuna, mura, jiahui y sature-mawé criticaron a este organismo por su política de demarcación de tierras, demasiado permeable a los intereses no ya de los invasores, sino de quienes argumentaban derechos sobre las mismas en base a confusos documentos de finales del siglo XIX y principios del XX. Aún en ese caso, lo que debía prevalecer era la consideración constitucional de los “derechos originales” de los indígenas, es decir, anteriores a la constitución de Brasil como país e, incluso, de la llegada de los conquistadores europeos.

El gobierno estaba claramente a la defensiva ante estas críticas y eso le llevó a aceptar la recomendación de la CIDH de proceder a la demarcación de la tierra de Raposa-Sierra do Sol, para evitar la condena de la OEA, a principios de 2005 aunque la decisión presidencial, pues había sido el propio “Lula” quien lo había ordenado, fue paralizada por el Tribunal Supremo al aceptar un recurso de los hacendados a quienes afectaba dicha demarcación.[6] Como consecuencia de la ratificación del convenio de la OIT se produjo en 2004 una importante reforma constitucional en el terreno judicial que, entre otros extremos, refuerza el valor interno de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Brasil de forma que llega a hacérseles “equivalente a las enmiendas constitucionales”.

Por lo tanto, las críticas le llegaban ahora al gobierno tanto por incumplir la legislación internacional como la nacional, siempre con el tema de la tierra como referente. El Consehllo Indigenista Missionário, una de las organizaciones más activas en la defensa de los indígenas, publicó un informe en el que se especificaban las 413 tierras indígenas reservadas, homologadas y registradas y se indicaba que de ellas 226 aún seguían sin regularizarse en todo el país.[7] La mayoría en los estados “conflictivos” ya mencionados: los dos Mato Grosso, Rondonia, Amazonas… Pareciese que el gobierno sólo actúa bajo presión puesto que apenas conocerse ese informe se regularizaron diez de ellas en el Amazonas y se hizo un anuncio público de hacer lo propio con otras 90 en 2006 aunque con una importantísima matización, hecha por boca del presidente de la FUNAI: “los pueblos indígenas del Brasil tienen demasiada tierra, hasta ahora no hay límites para sus reivindicaciones agrarias, pero estamos llegando a un punto en que el Tribunal Supremo deber definir un límite”.[8]

No eran declaraciones dichas porque sí. Los conflictos armados se recrudecían, de forma especial en Mato Grosso do Sul. Este estado es uno de los más ricos del país en cuestiones agrícolas y el mayor exportador de granos de todo Brasil. Las organizaciones indígenas y diferentes movimientos solidarios consideran que sólo entre 2005 y 2006 fueron expulsados de sus tierras por el agrocomercio 48.000 de ellos pertenecientes a los pueblos terena, chamacoco, xavante, kadiweu y kaimbé, entre otros. Mientras esto acontecía, tanto en este Estado como en el otro Mato Grosso los gobernadores pedían una moratoria en la demarcación de tierras. El gobierno prefería enfrentar la rebelión de los indígenas antes que la de los gobernadores, jueces y policías dado que las cifras oficiales no podían ser más elocuentes: en Mato Grosso do Sul se había aumentado la violencia en un 214%.[9] No se podían dejar las cosas así y, otra vez, se actuó con medidas más aparentes que reales. Con dos años de retraso respecto al calendario que había anunciado, “Lula” reconoció la Comisión Nacional de Política Indigenista (CNPI), de la que formaban parte 20 dirigentes indígenas de diferentes partes del país junto a 12 integrantes del Gobierno y dos de organizaciones no gubernamentales.

Algunos Pueblos Originarios de Brasil
Pero ya nada podía parar el descrédito gubernamental, acentuado a raíz de la decisión de incentivar a gran escala la producción de agrocombustibles (etanol) provocando una acelerada compra-venta de tierras que bloqueaba aún más las posibilidades de delimitación de los territorios indígenas, a pesar de que el mismísimo “Lula” se tuvo que implicar en el tema impulsando la Agenda Social de los Pueblos Indígenas y un Plan de Aceleración del Crecimiento Indígena, con la mira puesta en el año 2010, con los objetivos de delimitar 127 territorios indígenas, recuperar las áreas indígenas degradadas, fortalecer las lenguas en peligro de extinción y “llevar los beneficios del Gobierno federal a todas las aldeas y a la población indígena urbana del país, fortaleciendo a las organizaciones indígenas para el ejercicio del control social de las acciones gubernamentales”.[10] Junto a ello, un aumento del presupuesto de la FUNAI. Pero, al mismo tiempo, anunció la privatización de 90.000 hectáreas de la Amazonía.[11] Y, en paralelo, el Congreso de Brasil iniciaba la discusión de un proyecto de ley para regular la minería en las tierras indígenas, rechazado por la mayoría de las organizaciones de los pueblos originarios por afectar a sus actividades tradicionales de caza, pesca y agricultura.
La situación llegó a la ONU. Su Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas visitó el país por primera vez y después de reconocer que Brasil “tiene importantes medidas legales y constitucionales de protección para los pueblos indígenas, y su Gobierno ha desarrollado una serie de  programas importantes en materia de derechos indígenas a la tierra, el desarrollo, la salud y la educación” consideró que eran necesarios “esfuerzos adicionales” para asegurar que los pueblos indígenas son capaces de ejercer plenamente su derecho a la libre determinación en el marco de un Estado brasileño “respetuoso de la diversidad”. Eso significaba, para el Relator Especial de la ONU, que los indígenas tenían que “ejercer control sobre sus vidas, las comunidades y tierras y participar en todas las decisiones que les afecten, de conformidad con sus propios patrones culturales y estructuras de autoridad”. ¿Por qué lo decía? Pues por existir un “paternalismo arraigado hacia los pueblos indígenas, por una aparente falta de entendimiento entre gran parte del público y los medios de comunicación de las cuestiones indígenas y al oponerse las fuerzas políticas”. Las recomendaciones tenían que ir en esa línea y la primera fue que el gobierno debería “desarrollar e implementar una campaña nacional de educación sobre las cuestiones indígenas y el respeto a la diversidad en asociación con los pueblos indígenas y con el apoyo de Naciones Unidas”. La segunda, “mejorar el control de los pueblos indígenas sobre sus comunidades, territorios y recursos naturales, incluido el reconocimiento efectivo de las  instituciones de autoridad de los pueblos indígenas y las leyes consuetudinarias”. La tercera, “facilitar un mayor poder de decisión de los pueblos indígenas sobre la prestación de servicios por parte del Gobierno en sus comunidades”. La cuarta, que se garantizase a la FUNAI la financiación y personal suficientes para “proceder con eficacia con el proceso de demarcación y registro de tierras indígenas de conformidad con la reglamentación internacional”.[12]

Ahí quedo la cosa, sin la menor trascendencia puesto que el gobierno hizo caso omiso de ese informe y sus recomendaciones. Un juez brasileño de la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconocía sin sonrojo que Brasil incumplía el Convenio 169 de la OIT.[13] La oligarquía brasileña arremetía contra el Convenio 169 (noviembre de 2008) calificándole de “barrera para el desarrollo y afrenta a la unidad nacional” al otorgar potestad a los indígenas de intervenir en las decisiones macroeconómicas por lo que pedía, simple y llanamente, su anulación.[14] No es extraño, por lo tanto, que los indígenas continúen muriendo a manos de hacendados, empresarios de todo tipo y garimpeiros. El proceso económico desarrollista impulsado por el gobierno, sobre todo a raíz de la decisión de incentivar la producción de etanol, ha provocado un aumento considerable de deforestación en tres Estados amazónicos: Pará, Mato Grosso y Rondonia. Junto a ello, el plan hidroeléctrico de aumentar casi en un 50% el número de centrales en el país supuso que se viesen afectadas las tierras indígenas pues se planeó construir un total de 247 en la Amazonía. De llevarse a efecto este plan de construcción de centrales hidroeléctricas se verían afectadas considerablemente las tierras de los pueblos enawenê-nawe, nambikwara, pareci, mynky, rikbaktsa, karitiana y karipuna. Pero según una sentencia del Tribunal Supremo en la que se daba la razón a los indígenas en un conflicto de tierras (ver nota 6) ya no es necesaria la consulta previa a los pueblos afectados por cuestiones de este tipo si el gobierno las considera “de interés público” o bien “de interés para la Defensa Nacional”. Dicha sentencia no es en nada conforme con la Constitución, la reinterpreta de forma restrictiva aunque, en apariencia, se hubiese dado la razón a una histórica demanda indígena. Es la norma en Brasil: una de cal para los indígenas y diez de arena. Y lo más sangrante es que esta reinterpretación del texto constitucional se produce sin participación alguna del Congreso. Un dato: la sentencia del Tribunal Supremo Federal se refiere en todo momento a los indígenas como “indios” –también se recoge así en el epígrafe capítulo de la Constitución que habla de ellos, aunque luego sí se refiere a pueblos- y en ningún caso les menciona como pueblos, sino como “grupos tribales”. Y tampoco era una sentencia acorde con la legislación internacional, tal y como había recomendado el Relator Especial de la ONU en su informe. Por eso la OIT en su informe anual de 2010 vuelve a insistir en que “se deberán efectuar estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos”.[15]
Etnia Kaiapó
Sin embargo eso no arredró al presidente ”Lula” que, en febrero de este año, aprobó la construcción de la que será tercera central hidroeléctrica más grande del mundo en el estado amazónico de Pará –después de 20 años de discusión- y que anegará 516 kilómetros cuadrados de superficie en la que hay 30 tierras indígenas a pesar de las dudas técnicas sobre la viabilidad del proyecto, que se justifica en la necesidad de satisfacer de energía a 23 millones de personas. No hay dudas sólo técnicas, también jurídicas sobre su licitud. La Procuraduría de la República (fiscalía) ha pedido que se cancele la licitación para construir esta macrocentral eléctrica al considerar el proyecto “una afrenta a las leyes ambientales”.[16] Pero el proyecto va a seguir porque “Lula” ya ha dicho que nada lo va a parar[17] y ya se está constituyendo un consorcio de empresas, bajo la tutela de la estatal Eletrobras, para participar en el proyecto.[18]
La postura de Brasil respecto a los pueblos indígenas existentes en el territorio del país es, en realidad, la del miedo a la autonomía indígena. Más de doscientos pueblos, casi igual número de lenguas y una existencia en territorios amplios y ricos ponen de los nervios a todos los poderes, sean considerados “progresistas” o no. A pesar del innegable arco legislativo que establece sus derechos, ninguno de los gobiernos democráticos que han sucedido a las dictaduras militares ha hecho cambio alguno en las estructuras político-administrativas del Estado y mucho menos en la línea de ir hacia la transformación del Estado actual en uno plurinacional, en la línea que se viene haciendo en otros paises latinoamericanos. Se acepta sin excesivos problemas la diversidad cultural, se fomenta con más entusiasmo que eficacia la educación (2.517 escuelas para los indígenas que atienden a un total de 178.000 alumnos), se cuenta con representantes indígenas en procesos electorales (en las elecciones de 2008 para prefectos y consejeros municipales resultaron electos seis indígenas como prefectos y viceprefectos junto a otros 74 consejeros) y se dan pasos hacia la autonomía, inducidos y apremiados por los organismos internacionales al haberse ratificado normas, derechos y convenios, en cuestiones importantes pero menores como la salud (en Brasil existen los Distritos Sanitarios Indígenas Especiales) pero se tiene un excesivo temor a que este tipo de estructuras desemboquen en algo político que ponga en cuestión un modelo económico determinado y la explotación de territorios y recursos. O, por decirlo claramente, hay miedo al ejercicio de la autonomía y autodeterminación de los pueblos.

Brasil ratificó el Convenio de la OIT tres años más tarde se haberse aprobado y de inmediato la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007; en ambos documentos aparece ese derecho. La participación y representación política de los pueblos indígenas en las instancias de poder legislativo del Estado, el reconocimiento de sus territorios como unidades regionales autónomas, donde el pueblo que ahí vive pueda ejercer sus formas propias de gobierno y justicia y no como meras tierras demarcadas como parcelas o unidades productivas, son dimensiones ausentes del texto constitucional y de las leyes que lo desarrollan. Tampoco lo recoge el Tribunal Supremo en la sentencia reseñada más arriba. Por el contrario, establece nuevas cortapisas a estos derechos en lo que se ha dado llamar “salvaguardas” y que limitan hasta extremos que hacen desaparecer cualquier tipo de autonomía indígena.

Desde que se creó la Comisión Nacional de Política Indigenista (abril de 2007) se vienen realizando encuentros anuales para discutir un estatuto –el vigente es de 1973, elaborado por los militares- que recoja definitivamente los derechos y deberes de los indígenas sin que se haya llegado a parte alguna, al menos en el momento de enviar este libro a imprenta. Para lo que sí ha servido este tipo de reuniones es para que los indígenas se agrupen alrededor de una organización de representación federal, la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB). Ahora los indígenas tienen una sola voz para hacer oír sus propuestas, reivindicaciones y demandas.

http://www.ibge.gov.br/espanhol/presidencia/noticias/noticia_impressao.php?id_noticia=506
[2]http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituiçao.htm
[3]http://www.funai.gov.br/quem/legislacao/estatuto_indio.html
[4] Consellho Indigenista Missionàrio. Organismo de la iglesia católica creado en la década de 1970 y uno de los primeros en movilizar a la sociedad a favor de la causa indígena. Uno de los prelados de mayor prestigio e influencia que impulsó la creación del CIMI fue Pedro Casaldáliga. http://www.cimi.org.br/
[5] Asamblea General de Líderes del Área Raposa-Sierra do Sol. Presentación de recurso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 3 de diciembre de 1995. La CIDH les dio la razón aunque la situación sigue manifestándose en los mismos términos en la actualidad. En 2004 se formalizó una denuncia contra el gobierno de Brasil en la Organización de Estados Americanos al no haberse producido la demarcación de la tierra. En 2009 los indígenas volvieron a ponerse en pie de guerra, ocupando tierras, para obligar a los tribunales a una decisión definitiva.http://www.telesurtv.net/noticias/secciones/nota/45299-NN/tribunal-brasileno-analiza-ocupacion-de-territorio-indigena-en-el-roraima/
[6] El caso Raposa-Sierra do Sol se resolvió definitivamente el año 2009 al dar la razón el Tribunal Supremo a la reivindicación indígena. Las tierras quedaron demarcadas en 1’8 millones de hectáreas, la extensión que habían reclamado los indígenas ingarikó, makuxi, taurepang, patamona y wapixana desde el principio, y se reintegraban al mismo 10.000 hectáreas ocupadas por un hacendado y varios colonos. Si se les hubiese hecho caso desde el principio se hubiesen evitado los muertos (10), heridos y detenidos habidos durante un proceso que se prolongó desde 1993, todos de la parte indígena.
[7]http://www.cimi.org.br/?system=news&action=read&id=1945&eid=383
[8] Folha de São Paulo, 12 de enero de 2006.
[9] Folha de São Paulo, 8 de enero de 2008. http://www1.folha.uol.com.br/folha/brasil/ult96u361051.shtml
[10] Folha de São Paulo, 21 de septiembre de 2007.
[11]http://www.elpais.com/articulo/internacional/Amazonia/SA/elpepuint/20070924elpepuint_1/Tes
[12] Consejo de Derechos Humanos, 12º período de sesiones. Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas en el Brasil. A/HRC/12/34/Add.2. 26 de agosto de 2009
[13]http://www.ecodebate.com.br/2008/11/11/corte-interamericana-admite-que-convencao-169-pode-estar-sendo-descumprida-no-pais/
[14]http://txt.estado.com.br/editorias/2008/11/14/edi-1.93.5.20081114.3.1.xml
[15] OIT, Conferencia Internacional del Trabajo, 99.ª reunión, 2010. Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Pueblos indígenas y tribales. Brasil.
[16]http://economia.terra.com.co/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201004071837_AFP_183700-TX-FIX63
[17]http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_content&%20task=view&%20Itemid=1&id=916&ccdate=9-4-2010

[18]http://economia.terra.com.co/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201004082331_EFE_201004CL4386

Fuente: Pueblos Originarios de América